Medidas
de prevención



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Consolidar el funcionamiento del Sistema Estatal de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia en contra de las Mujeres, la implementación del Programa Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y definir las bases de coordinación para integrar a las autoridades municipales a dicho sistema, así como difundir los alcances y avances realizados en la materia.



Fortalecer la implementación de las herramientas de evaluación de riesgo de violencia contra las mujeres, así como su vinculación con las instituciones encargadas de brindar protección y seguimiento, a fin de garantizar la seguridad, integridad, replanteamiento y/o cese del riesgo identificado.



Generar y dar seguimiento, desde la instancia gubernamental competente, a lineamientos para la elaboración e implementación de Protocolos para la prevención, detección, atención y sanción a los casos de discriminación, violencia escolar, acoso o maltrato escolar, acoso u hostigamiento sexual y violencia de género contra las mujeres al interior de las instituciones de cualquier nivel educativo.



Diseñar e implementar un programa integral de sensibilización, capacitación y profesionalización, dirigido a quienes como parte de su quehacer institucional desarrollan actividades de prevención, atención y sanción de la violencia contra las mujeres así como a quienes son responsables de la procuración e impartición de justicia. Dicho programa deberá ser vinculante y en coordinación de los poderes del estado de Baja California, en términos de la Primera Conclusión del Informe que contiene el análisis e investigación de la solicitud de AVGM.



Instalar y fortalecer los mecanismos para el adelanto de las mujeres a nivel estatal y municipal, así como las instancias de atención a las mujeres en situación de violencia en el estado, dotándolos de recursos materiales, humanos y financieros para su operación, en términos de la Segunda Conclusión del Informe que contiene el análisis e investigación de la solicitud de AVGM.



Diseñar e implementar un programa de atención y prevención de la violencia hacia mujeres migrantes en el estado con enfoque desde la interculturalidad y el enfoque diferenciado, vinculado a proyectos y programas destinados por la federación y el estado para la atención de dicho sector, en términos de la Segunda Conclusión del Informe que contiene el análisis e investigación de la solicitud de AVGM.



Establecer estrategias de promoción, implementación y monitoreo de la aplicación de las siguientes herramientas normativas: NOM 046-SSA2-2004, NOM-047-SSA2-2015, NMX-R-025-SCFI-2015 y ECO 539, en términos de la Quinta Conclusión del Informe que contiene el análisis e investigación de la solicitud de AVGM.



Identificar y atender de manera integral las causas que limitan el acceso de las mujeres y grupos de mujeres en mayor vulnerabilidad a sus derechos sexuales, reproductivos y de salud reproductiva a fin de garantizar el acceso entre otros, a la anticoncepción, disminución de la mortalidad materna, violencia obstétrica y la violencia sexual, así como la prevención y erradicación del embarazo adolescente, en términos de la Sexta Conclusión del Informe que contiene el análisis e investigación de la solicitud de AVGM.



Consolidar el funcionamiento y operación del Banco Estatal de Datos de Violencia contra las Mujeres, con el fin de instrumentar políticas públicas desde la perspectiva de género y derechos humanos y en lo inmediato generar la vinculación de datos integrados con el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres, en términos de la Décima Quinta Conclusión del Informe que contiene el análisis e investigación de la solicitud de AVGM.



Dotar a la entidad federativa y sus municipios del marco normativo suficiente para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, se deberá revisar y analizar exhaustivamente la legislación estatal y municipal vigente a efecto de armonizar dichas disposiciones con el marco normativo nacional e internacional de los derechos humanos de las mujeres, en términos de la Décima Sexta Conclusión del Informe que contiene el análisis e investigación de la solicitud de AVGM.