Funciones


Consulta las principales Funciones de las Unidades Administrativas.


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1. Fijar, dirigir y controlar la política de la secretaría, así como planear en los términos de la legislación aplicable del sector correspondiente que, para tal efecto, procederá de conformidad con las políticas, objetivos y prioridades que establezca el ejecutivo del estado.

2. Formular y proponer al ejecutivo estatal, los proyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y ordenes sobre asuntos de su competencia y del sector correspondiente, así como de los demás ordenamientos que instruya el propio ejecutivo de acuerdo a los planes y programas establecidos y en su caso presentarlos al congreso del estado.

3. Asistir jurídicamente al ejecutivo en todos los juicios o negocios en que intervenga como parte, afecten su patrimonio o tengan interés jurídico, así como en los juicios o negocios en que las dependencias y entidades de la administración pública del estado, se constituyan con cualquier carácter, y en su caso emitir opinión sobre las controversias planteadas previo acuerdo con el titular, ejercer las acciones y excepciones que correspondan para la defensa administrativa y judicial.

4. Coordinar los programas de normatividad jurídica, procurando la congruencia de los criterios jurídicos de las dependencias y entidades de la administración pública estatal, interviniendo en la actualización y simplificación del marco normativo de acuerdo a las disposiciones jurídicas establecidas.

5. Establecer el sistema estatal de protección civil; supervisando las acciones y programas del ejecutivo relativos a la prevención de desastres; así como, ordenar la participación civil en eventos de emergencia, controlando y disminuyendo los daños materiales y humanos.

6. Coordinar y administrar en el Estado, el ejercicio de las atribuciones del Registro Civil, Registro Público de la Propiedad y del Comercio y del Notariado. la defensoría pública y la beneficencia pública y privada, garantizando su accesibilidad en los trámites y servicios a la ciudadanía.

7. Vigilar que las acciones de transparencia se cumplan en los términos dispuestos en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California y el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California.

8. Operar y administrar el Sistema Estatal Penitenciario, así como a la Autoridad Penitenciaria a que se refiere la Ley Nacional de Ejecución Penal, y a la Autoridad Administrativa especializada en la ejecución de medidas para adolescentes, en los términos de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, y demás normatividad aplicable.

9. Organizar, administrar y coordinar la operación de los Centros de reinserción social, y de los Centros de internamiento para adolescentes en el Estado, así como aquellos que determinen las, disposiciones aplicables, durante el internamiento de personas privadas de la libertad con medida cautelar de prisión preventiva y sentenciadas, sobre la base del respeto a los derechos humanos, el trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte, de conformidad con las disposiciones aplicables.

10. Organizar y supervisar el régimen de internamiento y regular la clasificación de las personas privadas de la libertad en los Centros de reinserción social en el Estado, así como diseñar y ejecutar el plan de actividades, de conformidad a las disposiciones aplicables y con respeto de los derechos humanos;

11. Ordenar y supervisar a las autoridades de los Centros de reinserción social, los Centros de internamiento para adolescentes en el Estado, de la Policía Estatal de Seguridad y Custodia Penitenciaria, de las direcciones y demás unidades administrativas que integran la Subsecretaría; que se adopten las medidas necesarias para proteger la integridad física de las personas privadas de la libertad, de sus visitantes y personal penitenciario; así como para mantener las condiciones de vida digna y segura en el interior de los citados Centros.

12. Organizar y supervisar las condiciones de internamiento y regular la clasificación de las personas adolescentes privadas de la libertad en los Centros de internamiento para adolescentes en el Estado, así como diseñar y ejecutar el plan individualizado de actividades y el plan individualizado de ejecución, de conformidad a las disposiciones aplicables y con respeto de los derechos humanos.

13. Organizar, operar y supervisar la prestación de los servicios postpenales para el apoyo a liberados o externados en su reinserción social, y procurar su vida digna y prevenir la reincidencia, en términos de la Ley. Nacional de Ejecución Penal y demás disposiciones aplicables;




1. Dirigir y controlar las acciones que en materia de protección civil en el estado se realizan, con apego a la normatividad y lineamientos establecidos.

2. Dar seguimiento al apoyo de organismos nacionales e internacionales en materia de protección civil, para programas de capacitación, investigación y desarrollo, con apego a los procesos establecidos para su ejecución.

3. Determinar e instrumentar las normas, políticas y lineamientos complementarios, que regulen la operación de la dirección, y se oriente en la toma de decisiones para el seguimiento de los programas establecidos.

4. Vigilar el cumplimiento de las funciones, tareas y procedimientos de la coordinación estatal a su cargo, establecidos en los manuales administrativos correspondientes y mantener su actualización en conjunto con el área.

5. Promover en los medios de comunicación social planes y programas de capacitación, difusión y divulgación a través publicaciones, grabaciones, videocintas y campañas permanentes sobre temas de protección civil, que contribuyan a la formación de una cultura en la materia.

6. Coordinar de manera permanente los programas, subprogramas, planes de contingencia y capacitación en materia de protección civil que elaboren los órganos municipales de los Ayuntamientos del Estado.

7. Formular el programa y subprograma anuales de protección civil, para su aprobación ante el Consejo Estatal.

8. Elaborar y mantener actualizado el Plan Estatal de Contingencia y el Atlas Estatal de Riesgos.




1. Vigilar la correcta aplicación de normas, políticas, lineamientos y procedimientos en materia de administración, desarrollo del personal, recursos materiales, financieros, organizacionales e informáticos, dando el oportuno y correcto seguimiento a estas acciones.

2. Administrar al personal, implementando políticas internas para los procesos de empleo, remuneraciones, relaciones laborales, capacitación y desarrollo, así como autorizar las modificaciones de la situación del personal de acuerdo a los lineamientos establecidos, remitiéndolos a la oficialía mayor para su trámite correspondiente.

3. Dar seguimiento a la operación y control de los inventarios y del parque vehicular, verificando que se mantengan actualizados para su correcta y racional utilización.

4. Autorizar los trámites correspondientes de adquisiciones, suministros de bienes muebles, equipo de cómputo, viáticos, pasajes y gastos operativos, así como también coordinar y controlar los fondos de operación autorizados a la dependencia, por medio del sistema integral de presupuesto según la normatividad establecida.

5. Coordinar la integración de la apertura programática y verificar que el anteproyecto de gasto corriente de la secretaria se elabore de acuerdo a las normas y lineamientos que establezca la secretaria de planeación y finanzas, así como llevar el ejercicio, control e informe de gastos del presupuesto basado en resultados, así como también programas de recursos federales que le sean asignados a la dependencia, aplicando correctamente los recursos financieros asignados.

6. Coordinar la elaboración o en su caso la actualización de los instrumentos jurídicos-administrativos que rigen el que hacer de la dependencia, así como también llevar a cabo la planeación y coordinación de la capacitación de los recursos humanos de acuerdo a los lineamientos establecidos.

7. Supervisar la realización de la función informática de la dependencia, verificando que se proporcione el mantenimiento preventivo y/o correctivo de manera oportuna a los equipos de cómputo.

8. Coordinar el registro de los programas de servicio social y/o prácticas profesionales con la oficialía mayor de gobierno, para la asignación de prestadores a las unidades receptoras, así como para la expedición de las cartas de liberación de los prestadores del servicio social y/o prácticas profesionales que realizan en las diferentes unidades administrativas de la secretaria, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

9. Coordinar la elaboración del diagnóstico de necesidades y programa de capacitación y desarrollo del personal adscrito a la secretaria, para el mejor desempeño de sus actividades, de acuerdo a los lineamientos establecidos. así como también el proceso de entrega-recepción, verificando que se realice a través de los dispositivos jurídicos y normativos establecidos para tal fin, con el propósito de dejar evidencia de los recursos financieros, humanos y materiales al concluir la gestión gubernamental.

10. Implementar los mecanismos de control interno que coadyuven al cumplimiento de sus metas y objetivos de la secretaria, prevenir los riesgos que pueden afectar el logro de éstos, fortalecer el cumplimiento de las leyes y disposiciones normativas, generar una adecuada rendición de cuentas y transparentar el ejercicio de la función pública.

11. Dirigir y supervisar la actualización de la información contenida en la sección correspondiente a la secretaría en el portal de transparencia del gobierno del estado de baja california, así como dar seguimiento a las solicitudes y peticiones que, por conducto de la unidad concentradora de transparencia se le presenten de conformidad con las disposiciones normativas aplicables.




1. Coordinar los movimientos de personal, el pago de las remuneraciones y compensaciones del personal de la secretaría, así como tramitar la asignación de los mismos ante oficialía mayor de acuerdo a los lineamientos establecidos al respecto.

2. Distribuir y controlar la dotación de gasolina y telefonía de cada unidad administrativa de la secretaría, en base a las políticas y lineamientos establecidos por la dependencia normativa.

3. Coordinar el trámite de asignación del servicio social y/o prácticas profesionales en la secretaría; verificando que se encuentre actualizado el banco de datos del personal de la dependencia ante la oficialía mayor y la Secretaría de Planeación y Finanzas de acuerdo a los lineamientos establecidos al respecto.

4. Vigilar la aplicación de normas y procedimientos relativos a la administración de recursos humanos de las unidades administrativas de la secretaría; así como establecer lineamientos internos para mejorar los procesos o controles del área.

5. Verificar que se les proporcione el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo del equipo de transporte llevando el seguimiento de los mismos, de acuerdo a las normas y políticas establecidas por oficialía mayor.

6. Dar seguimiento en la elaboración, trámite y pago de los servicios de honorarios por asesores y estudios a investigaciones contratados por la secretaría general de gobierno.

7. Dar seguimiento al programa institucional de seguridad e higiene que coordina oficialía mayor de gobierno, dando a conocer a las diferentes unidades administrativas las medidas necesarias para la prevención de enfermedades y riesgos de trabajo en la secretaria, de acuerdo a los lineamientos establecidos al respecto.

8. Verificar la actualización de la información relativa a la secretaria en el portal de transparencia del estado, y la atención de las solicitudes de información que le sean enviadas por conducto de la unidad concentradora de transparencia, de acuerdo a las disposiciones en la materia.




1. Elaborar el programa anual de auditorías y revisiones con el fin de comprobar el desempeño y apego a la normatividad, y disposiciones administrativas aplicables a la administración de los recursos públicos por parte de las Dependencias y Entidades.

2. Diseñar y elaborar informes periódicos a partir de la información proporcionada por los sujetos auditados para verificar los resultados obtenidos en las revisiones realizadas por este Órgano Interno de Control; y de igual forma establecer muestras representativas para la ejecución de las auditorías y revisiones internas de control.

3. Investigar y fincar las responsabilidades a que haya lugar e imponer las sanciones respectivas, en los términos del ordenamiento legal en materia de responsabilidades.

4. Vigilar el uso, ejercicio y destino del gasto de las Dependencias y Entidades, así como su congruencia con el presupuesto de egresos; y asimismo se atiendan los principios de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.

5. Solicitar a las unidades administrativas de la Entidad, la información, documentación y cooperación para la realización de los trabajos del Órgano de Interno de Control en materia de revisiones y auditorias.

6. Efectuar el seguimiento a los hallazgos obtenidos en las auditorias o revisiones que lleve a cabo el Órgano Interno de Control y, en su caso confirmar la existencia de presuntas faltas administrativas cometidas por los servidores públicos.

7. Proponer y coadyuvar en la implementación de medidas preventivas y correctivas para un mejor uso de los recursos disponibles que permita el logro eficiente y eficaz de las metas y objetivos de las unidades auditadas.

8. Emitir opiniones sobre asuntos que serán tratados en los diversos comités en los que participa el Órgano Interno de Control, así como solicitar la resolución de dudas sobre los procedimientos, ya sea en su calidad de asesor o como invitado, además de vigilar y verificar el resultado del posicionamiento oficial formulado en dichos comités.

9. Verificar que los Procedimientos de Contratación estén acorde a los rangos establecidos para el ejercicio del presupuesto, y detectar omisiones o incumplimientos en los expedientes y contratos del proceso. Así como comprobar la situación jurídica de los proveedores de la Entidad.

10. Proponer acciones que permitan establecer mecanismos de fiscalización, supervisión y control del Programa Operativo Anual a través de Indicadores de Gestión de las diferentes áreas de la Dependencia o Entidad.

11. Dar seguimiento a los resultados de la evaluación de la gestión y percepción ciudadana, a fin de detectar áreas de oportunidad.

12. Participar en los actos de Entrega-Recepción, así como en la integración, registro y resguardo de la documentación proporcionada por los servidores públicos, vigilando que se apeguen a la normatividad en la materia.

13. Recibir y radicar en su caso, denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos; investigar los hechos probablemente constitutivos de faltas administrativas a cargo de los servidores públicos y calificarlas, en los términos del ordenamiento legal en materia de responsabilidades.

14. Sustanciar el procedimiento de responsabilidad administrativa e imponer las sanciones respectivas, cuando se trate de Faltas Administrativas no Graves, así como remitir al Tribunal Estatal de Justicia Administrativa los expedientes relacionados con los procedimientos de responsabilidad administrativa cuando se refieran a Faltas Administrativas Graves y por conductas de particulares sancionables conforme a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Baja California, para su resolución en términos de dicha Ley.

15. Formular, integrar, expedir y proporcionar, toda aquella información o documentación solicitada por la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, que sea inherente a la situación de la Entidad.

16. Dar seguimiento a la actualización permanente del marco de actuación, así como emitir opinión cuando así lo requiera la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental.

17. Validar y Remitir copias certificadas de los documentos que obren en los archivos del Órgano Interno de Control.

18. Ejecutar todas aquellas funciones que le sean encomendadas por el Secretario de la Contraloría y Transparencia Gubernamental.




1. Dirigir y fomentar políticas públicas ante los tres órganos de gobierno, instituciones y organizaciones sociales, así como atender y llevar el seguimiento de los problemas sociales y políticos que se presenten mediante mecanismos de participación conjunta, a fin de lograr de manera permanente el desarrollo político y la armonía del estado.

2. Estudiar la problemática social y política, mediante la implementación de mecanismos que faciliten el diseño de acciones que fomenten el óptimo desarrollo político del estado.

3. Coadyuvar en el diseño de políticas públicas y acciones de gobierno que promuevan el desarrollo político del estado y dar seguimiento a estas, cumpliendo con la puntual aplicación del marco legal vigente.

4. Dirigir y coordinar la elaboración de análisis y estudios de políticas públicas, que sirvan para solucionar la problemática sociopolítica del estado, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

5. Acordar con su superior inmediato, el establecimiento de normas, criterios, sistemas y procedimientos, así como la resolución de los asuntos cuyo trámite sea de la competencia de la dirección a su cargo, mejorando el funcionamiento de la misma.

6. Coadyuvar en las pláticas y resolución de conflictos de carácter político que requiera la intervención de la secretaría, buscando se llegue a la mejor solución para las partes.

7. Identificar los fenómenos sociopolíticos que alteren la gobernabilidad del Estado.

8. Recabar información sobre fenómenos sociales, eventos y manifestaciones públicas que incidan o impacten en el Estado.

9. Realizar estudios, análisis y diagnósticos de carácter político, económico y social para integrar el Sistema Estatal de Información.

10. Aportar información veraz y oportuna sobre los fenómenos sociopolíticos que se presenten en el Estado, así como sus actores, para coadyuvar en la toma de decisiones.

11. Elaborar agenda de riesgos para la gobernabilidad del Estado, como documento rector de las posibles situaciones riesgosas.

12. Integrar acervo de información y documentación para el eficiente cumplimiento de sus funciones.




1. Facilitar la integración de las diferentes Dependencias del Gobierno del Estado, con el fin de atender con oportunidad los proyectos y programas prioritarios.

2. Encauzar los objetivos del Plan Estatal de Desarrollo y la Planeación Estratégica, en coordinación con la Secretaría de Planeación y Finanzas, mediante la coordinación con los diferentes gabinetes con el fin de facilitar al Gobernador y al Secretario la toma de decisiones.

3. Organizar y coordinar las reuniones de gabinete legal y ampliado, con los titulares de las Dependencias del Ejecutivo, así como de los gabinetes estratégicos y delegacionales supervisando el cumplimiento de los compromisos resultantes.

4. Facilitar las reuniones de gabinete y comités, estableciendo adecuados mecanismos de coordinación que permitan asegurar la congruencia de las estrategias y lineamientos que establece el Ejecutivo del Estado de acuerdo con el Plan Estatal de Desarrollo, a fin de informar sobre el avance y acciones del proyecto de gobierno.

5. Promover los mecanismos de coordinación entre el Gobierno Federal, Estatal y Municipal, para asegurar la aplicación uniforme de los criterios que se fijen para la ejecución y evaluación de los programas prioritarios.

6. Coordinar y dar seguimiento a la ejecución del proceso de Planeación Estratégica, manteniendo la visión integral de las acciones institucionales asegurando que las decisiones se orienten a la misión y visión del proyecto de gobierno.




1. Dirigir la elaboración, y validar en su caso, los dictámenes jurídicos de asuntos agrarios, que soliciten las dependencias del ámbito estatal; así como también canalizar y dar seguimiento aquellas que sean de carácter federal, en cumplimiento con el marco legal correspondiente.

2. Dar seguimiento a expedientes de anteproyectos de decreto de expropiación, ocupación temporal y limitación de bienes inmuebles agrarios, por causa de utilidad pública a favor del gobierno del estado, según lo instituido en los reglamentos y leyes que regulan estas acciones.

3. Gestionar la coordinación y consenso de los tres órdenes de gobierno en cuanto a la problemática que puedan ocasionar trastornos sociales, como es en ese caso, el de la inseguridad jurídica sobre la tenencia de la tierra.

4. Coordinar y dar seguimiento a los asuntos agrarios que le sean encomendados de acuerdo a los lineamientos y marco legal vigente, con la finalidad de plantear diversas soluciones a la problemática agraria.

5. Coordinar acciones con las dependencias de los tres órdenes de gobierno que garanticen la seguridad en la tenencia de la tierra en el estado, de acuerdo a lo establecido en los lineamientos y programas que sustentan estas acciones.

6. Analizar y dar seguimiento a los problemas jurídicos existentes en los diversos ejidos y comunidades de la entidad derivados de acciones agrarias, solventando de acuerdo a la normatividad que rige estas acciones.

7. Asesorar a los miembros de colonias agrícolas y ganaderas a efecto de regularizar sus posesiones y presentar al subsecretario de gobierno informes de cada reunión a la que acuda, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

8. Realizar diagnósticos técnico-jurídicos, así como elaborar carpetas en coordinación con la secretaría de infraestructura y desarrollo urbano del estado, según la problemática registrada, coadyuvando para la mejor solución de problemas.

9. Vincular acciones de las dependencias del sector agrario, atendiendo prioritariamente la zona de San Quintín.




1. Representar al secretario en su jurisdicción promoviendo la gobernabilidad democrática; fomentando las buenas relaciones entre poderes constitucionalmente establecidos; vigilando la legalidad de los actos del ejecutivo impulsando la participación ciudadana en las acciones del gobierno en el área de su jurisdicción, con la finalidad de mantener un clima de convivencia social armónica con plena vigencia del estado de derecho y respeto absoluto a los derechos humanos.

2. Dirigir y evaluar las actividades de las unidades administrativas adscritas, vigilando que se realicen conforme a las normas y especificaciones administrativas aplicables.

3. Proporcionar información y asesoría en la materia de su competencia y establecer la coordinación necesaria con otras unidades administrativas de la secretaría, así como las dependencias y entidades de los tres órdenes de gobierno de acuerdo a las políticas establecidas al respecto por el secretario.

4. Mantener e intensificar las relaciones del gobierno estatal con organismos de la sociedad civil, asociaciones religiosas y líderes sociales, así como conducir y atender la política interna del estado para la preservación de la gobernabilidad, según lo estipulado en las políticas que rigen estas acciones.

5. Supervisar las acciones que promuevan la participación ciudadana en las acciones de gobierno, según los lineamientos y especificaciones implementando mecanismos que permitan tal fin.

6. Gestionar de manera oportuna los asuntos relativos a la función notarial, legalizar las firmas de los titulares de las dependencias del ejecutivo y de las diversas instituciones en el estado, así como también atender a la problemática relativa a la tenencia de la tierra en la entidad, de acuerdo al marco legal que corresponde.




1. Coordinar y supervisar el cumplimiento de las obligaciones de los defensores y demás servidores públicos adscritos al área civil y penal en la prestación del servicio de asesoría y representación legal, según el marco legal correspondiente.

2. Coordinar e implementar los proyectos del nuevo sistema de justicia programados, a fin de alcanzar los objetivos y metas establecidos, aplicando las normas, políticas y lineamientos de carácter administrativo que faciliten su ejecución.

3. Analizar y reportar a la autoridad competente las quejas que presenten los usuarios del servicio de la defensoría en contra de los defensores, estableciendo acciones correctivas para cada caso.

4. Visitar periódicamente los juzgados que comprenda cada adscripción, informándose de la atención que el defensor dedique a los negocios que tenga encomendados.

5. Asignar y reasignar a los defensores, previo acuerdo del director o subdirector conforme a las necesidades de las coordinaciones de área.

6. Elaborar opinión respecto a las consultas formuladas por el jefe inmediato de acuerdo a los criterios y lineamientos establecidos.

7. Supervisar la formación del archivo y estadística de la defensoría en materia civil y familiar, así como también elaborar un informe mensual al director, que coadyuven en una adecuada toma de decisiones.

8. Vigilar, supervisar y coordinar el cumplimiento de las obligaciones de los defensores y demás servidores públicos adscritos al área penal en la prestación del servicio de asesoría y representación legal, de acuerdo a la metodología establecida para ello.

9. Comunicar a la autoridad competente las quejas que presenten los usuarios del servicio de la defensoría en contra de los defensores, reportando áreas de oportunidad y alternativas de solución que solventen los casos.

10. Elaborar opinión respecto a las consultas formuladas por el director o el subdirector, tomando como base el marco legal correspondiente.

11. Dar seguimiento a la formación del archivo y estadística de la defensoría en materia penal, así como elaborar un informe mensual al director, de acuerdo a las especificaciones que se le indiquen.




1. Proponer las adecuaciones a la normatividad jurídica y capacitación y especialización a instancias públicas y privadas en el ámbito estatal y municipal sobre los derechos de niñas, niños y adolescentes.

2. Promover y difundir los derechos de las niñas, niños y adolescentes; así como también la instalación y seguimiento de los sistemas de protección de niñas, niños y adolescentes en cada uno de los municipios del estado de baja california.

3. Mantener coordinación con los organismos públicos centralizados y descentralizados de la administración pública federal, estatal y municipal en la evaluación de las políticas de desarrollo social vinculadas con la protección de niñas, niños y adolescentes.

4. Proponer las modificaciones a los lineamientos que determinen la integración, organización y funcionamiento del sistema de protección de niñas, niños y adolescentes de baja california de acuerdo con la normatividad en la materia.

5. Coadyuvar en la elaboración del programa anual de trabajo que contenga acciones, metas, objetivos de acuerdo a la ley para la protección y defensa de los derechos de niñas, niños y adolescentes del estado de baja california.

6. Revisar y analizar los proyectos e informes que elabora el personal a su cargo, facilitando el seguimiento toma de decisiones en el desarrollo de los trabajos.

7. Proporcionar la información, y en su caso, la asesoría técnica en la materia de su competencia, que le sea requerida por organismos públicos centralizados y descentralizados de la administración pública federal, estatal y municipal, de acuerdo con las políticas establecidas al respecto.




1. Impulsar los esfuerzos de vinculación, operación, gestión, evaluación y seguimiento de las acciones entre autoridades que participan en la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas y no localizadas en el estado, de conformidad con lo dispuesto en la ley general en materia de desaparición forzada de personas y /o desaparición cometida por particulares y del sistema nacional de búsqueda de personas, y demás disposiciones aplicables, con la finalidad de dar cumplimiento a los objetivos establecidos.

2. Emitir y ejecutar el programa estatal de búsqueda, mismo que deberá estar alineado al programa nacional de búsqueda, rector en la materia. así como también los lineamientos que regulen el funcionamiento del registro estatal, en concordancia con los lineamientos de operación del registro nacional de personas desaparecidas y no localizadas.

3. Promover la celebración de convenios de colaboración con organizaciones académicas y de la sociedad civil expertos en materia de personas desaparecidas o no localizadas, estableciendo las acciones de capacitación o elaboración de protocolos de actuación, así como apoyo técnico.

4. Apoyar la investigación en los casos de desaparición forzada con el fin de encontrar a la persona desaparecida, en lo posible con vida. Determinar las condiciones de su desaparición y establecer la identidad de los presuntos responsables, para que sean juzgados y sancionados agotando el debido proceso.

5. Promover las investigaciones por desaparición forzada, mediante el conocimiento de casos, la adecuación de la conducta, los mecanismos de investigación y la efectiva protección de los derechos de la víctima.

6. Diseñar, evaluar y apoyar la ejecución del Plan de Búsqueda de Personas Desaparecidas, mediante la asesoría de expertos, la adecuación de los planes a las normas vigentes, los fines de la investigación y el apoyo a las autoridades judiciales que activan el Mecanismo de Búsqueda Urgente.

7. Conformar Grupos de Trabajo para el impulso de la investigación en casos específicos de desaparición forzada, a los cuales no se les apondrán reservas respecto de las diligencias penales que requieran conocer para el cumplimiento de sus funciones, salvo las establecidas por la ley.

8. Impulsar y supervisar el proceso de consolidación de los registros conforme a las leyes vigentes, entre ellos: el Registro Nacional de Desaparecidos y Cadáveres, el Registro de Personas Capturadas y Detenidas, el Registro Único de Víctimas.

9. Recomendar medidas concretas de impulso y seguimiento de las investigaciones por desaparición forzada de personas, de acuerdo con las competencias de cada institución.

10. Promover mecanismos de coordinación en el ámbito nacional, regional y local, entre las organizaciones estatales, organizaciones privadas y con todos los niveles, para la efectiva aplicación de las leyes vigentes relacionadas con el delito de desaparición forzada.




1. Dirigir la elaboración de la política de gobierno que deberá aplicarse para el cumplimiento de las instrucciones y criterios generales que deben de regir en el Gobierno del Estado de Baja California.

2. Llevar el seguimiento y evaluación de las acciones de políticas y de gobierno de acuerdo a las disposiciones establecidas en coordinación con los diferentes poderes de gobierno.

3. Establecer vínculos con los partidos políticos, instituciones y organizaciones políticas, así como los diferentes órdenes de gobierno, buscando recoger y encauzar propuestas que fortalezcan la vida democrática del estado; así como también analizar los procesos políticos y electorales que se realicen en el estado.

4. Establecer mecanismos y procedimientos para lograr una mayor participación de las organizaciones sociales y civiles en el proceso de transformación de las instituciones políticas.

5. Poner en práctica estrategias que contribuyan al desarrollo político del estado en las que participen los partidos políticos, los diferentes órdenes de gobierno y los poderes del estado, tomando como base el Plan Estatal de Desarrollo.

6. Supervisar y dar seguimiento y evaluación de los planes y programas de la secretaría y del sector, acordes al Plan Estatal de Desarrollo.




1. Dirigir las acciones de gobierno relacionadas con los trámites y servicios que proporciona la dirección, de acuerdo a los lineamientos y marco legal establecidos.

2. Establecer relaciones institucionales con las dependencias de los tres órdenes de gobierno, entidades del sector, organizaciones sociales y población en general, según las políticas, objetivos y metas establecidos en los programas operativos.

3. Promover la política institucional del gobierno en materia de derechos humanos, dando seguimiento a las recomendaciones emitidas por las autoridades estatales, nacionales y federales en la materia.

4. Legalizar y apostillar los documentos emitidos por los servidores públicos del estado y municipios, y por quienes tienen encomendada la fe pública, conforme a las normas y procedimientos establecidos.

5. Dictaminar la expedición de permisos de anuencias de explosivos y eventos especiales que corresponda otorgar al ejecutivo o a la secretaría general, en cumplimiento a los ordenamientos jurídicos aplicables.

6. Autorizar la publicación de los documentos en el periódico oficial del estado, de acuerdo a las disposiciones legales en la materia.

7. Dirigir las acciones relativas al manejo de la correspondencia recibida en la secretaría, directamente en ventanilla o bien, mediante el sistema electrónico de correspondencia instaurado por la oficina del titular de ejecutivo (sigma), de conformidad con el procedimiento establecido para ello.




1. Coordinar y supervisar las acciones de gobierno relacionadas con la legalización y apostillamiento, correspondencia, archivo y anuencias de conformidad con la normatividad establecida para la satisfacción plena de los usuarios.

2. Supervisar que la revisión de las solicitudes de legalización o apostille de documentos se realice determinando su factibilidad conforme al procedimiento electrónico y documental establecido.

3. Supervisar las gestiones relacionadas con anuencias de explosivos, o eventos especiales, en observancia al marco jurídico aplicable y en cumplimiento al procedimiento establecido.

4. Analizar y determinar la viabilidad de publicación de documentos en el periódico oficial del estado, observando las disposiciones legales en la materia.

5. Coordinar las acciones relativas al manejo de la correspondencia recibida en la secretaría, directamente en ventanilla o bien, mediante el sistema electrónico instaurado por la oficina del titular del ejecutivo (sigma)




1. Representar al poder ejecutivo en las comisiones dictaminadoras de carácter legislativo en observancia de la normatividad vigente, a fin de coadyuvar con el seguimiento de todo tipo de iniciativas presentadas ante el congreso del estado.

2. Dar seguimiento a los asuntos que se tratan con las comisiones dictaminadoras del poder legislativo, emitiendo opinión respecto de los trabajos que se ventilan en estas reuniones.

3. Coordinar el seguimiento ante el congreso del estado de las iniciativas presentadas por el ejecutivo, para la toma de decisiones del jefe inmediato de acuerdo al marco legal correspondiente.

4. Llevar el seguimiento a los proyectos de iniciativas o reformas de las diferentes disposiciones jurídicas que se presenten ante el congreso del estado para su aprobación y su posterior publicación en el periódico oficial del estado, observando se cumpla con las especificaciones ya determinadas.

5. Revisar y analizar las observaciones que el órgano de fiscalización del congreso formula a las dependencias del ejecutivo del estado, mediante la utilización de métodos procedimentales sugeridos para el desarrollo de estos trabajos.

6. Dar seguimiento a las observaciones en materia de fiscalización de la cuenta pública que formule el Congreso del Estado.

7. Coordinar reuniones con los diputados o grupos parlamentario del Congreso del Estado, para revisar y analizar las iniciativas de ley o decreto, o bien para atender algún punto de acuerdo económico que decrete la legislatura.




1. Dirigir y dar seguimiento al control y seguimiento de los asuntos que se presenten en las sesiones de pleno del congreso del estado en observancia del marco legal correspondiente, coadyuvando en el logro de objetivos y metas.

2. Dar seguimiento a las resoluciones en las sesiones de pleno del congreso del estado, anotando la información de los asuntos presentados, tales como: iniciativas, dictámenes, puntos de acuerdo, posicionamientos, declaratorias, nombramientos y exhortos, especificando la comisión a la que se turnan o si es aprobado o rechazado, estableciendo la coordinación de actividades para el registro de información relacionada con las cuentas públicas que permita la prevención de posibles problemas.

3. Elaborar informe de los asuntos tratados en las sesiones de pleno del congreso local, para presentarlo al secretario general de gobierno, subsecretario, director de seguimiento legislativo y al director de estudios y proyectos legislativos, con las especificaciones previstas para ello.

4. Revisar y organizar la documentación presentada en las sesiones de pleno del congreso local, llevando un archivo por sesión para su control; registrar las iniciativas presentadas por el ejecutivo en el congreso del estado y mantener actualizado el archivo de las mismas.

5. Elaborar relación de dictámenes que bajaran a la sesión especificando el sentido resolutivo, el cual se presenta al jefe inmediato, al subsecretario y al secretario general de gobierno. así como también el padrón de asuntos presentados en sesiones de pleno del congreso, realizando un compendio o carpeta por asunto, siendo estos: iniciativas, desincorporaciones, cuentas públicas, movimientos presupuestales, dictámenes de comisiones, etc.

6. Recibir, organizar y registrar las leyes, decretos y acuerdos que envíe el congreso para su publicación, así mismo como turnar al jefe inmediato para su conocimiento y/o atención, los acuerdos aprobados por el congreso del estado, realizando a su vez el seguimiento de los mismos.

7. Recibir, organizar y registrar las opiniones de las iniciativas presentadas en las sesiones de pleno; así como solicitar información al congreso local, de las opiniones de iniciativas presentadas en las sesiones de pleno a fin de llevar un control de las mismas.

8. Actualizar el padrón de asuntos presentados en las sesiones de pleno del congreso, entregando al jefe inmediato, al subsecretario y al secretario general un compendio o carpeta para su conocimiento.




1. Implementar acciones y estrategias de coordinación y colaboración con las autoridades municipales para fomentar la participación ciudadana y democrática a fin de fortalecer el desarrollo del Estado.

2. Promover el establecimiento de canales de comunicación entre las autoridades municipales, a fin de conocer y atender las necesidades de los municipios del Estado.

3. Coadyuvar con las autoridades municipales, previa solicitud, en la implementación, seguimiento y evaluación de políticas públicas y programas que permitan mejorar las condiciones del Estado.




1. Atender las peticiones o planteamientos realizados por las organizaciones no gubernamentales y otras asociaciones que buscan el apoyo de Gobierno del Estado a través de la Secretaría.

2. Mantener comunicación con los funcionarios de las diferentes Dependencias y Entidades del Gobierno del Estado, con la finalidad de impulsar y otorgar respuesta oportuna a los asuntos planteados por las organizaciones sociales.

3. Dar seguimiento a las solicitudes o planteamientos presentados por los Diputados del Congreso local, cuando se trate de atender demandas de alguna organización social.

4. Coordinar las acciones de atención a los ciudadanos que presenten alguna problemática ante la Secretaría, requiriendo el apoyo del Gobierno del Estado para la solución de los mismos.

5. Participar en la canalización y seguimiento de solicitudes de apoyo presentadas por los ciudadanos ante las instancias correspondientes.




1. Asesorar en las controversias constitucionales en las que el Ejecutivo del Estado sea parte.

2. Asesorar al Ejecutivo del Estado, en las acciones y controversias constitucionales a que se refiere el artículo 105 de la Constitución Federal.

3. Asistir jurídicamente al Poder Ejecutivo en todos los juicios o negocios en que intervenga como parte que afecten su patrimonio o tenga interés jurídico.

4. Presidir e integrar la comisión de estudios jurídicos, integrada por los responsables de las unidades.

5. Acordar y proponer estrategias jurídicas en la atención de los asuntos de las unidades administrativas adscritas a su responsabilidad e informar oportunamente al secretario sobre los mismos, en observancia del marco legal vigente.

6. Promover y evaluar el establecimiento de normas, políticas y lineamientos de carácter técnico y administrativo que regulen la operación interna de los sistemas, procesos y procedimientos a cargo de la secretaría, de acuerdo a los lineamientos establecidos para tales efectos.

7. Proponer al secretario en la materia de su competencia, las bases para la celebración de convenios y acuerdos con la federación y los municipios, tomando como base las especificaciones y normatividad que rige estas acciones.

8. Promover la elaboración, actualización y vigilancia de las disposiciones legales y administrativas en el ámbito de su responsabilidad, acordes al funcionamiento de la secretaría.

9. Coordinar, evaluar y dar seguimiento a las actividades que realizan las unidades administrativas adscritas, vigilando que se realicen conforme a las normas y especificaciones administrativas aplicables.

10. Coordinar, evaluar y proponer las medidas y acciones para contribuir al mejoramiento de la organización y funcionamiento administrativo de la secretaria, en función del plan estatal de desarrollo.

11. Representar al Ejecutivo del Estado en las instancias de coordinación para la actualización del marco jurídico e institucional del Estado y antes las comisiones del Congreso Local.

12. Coordinar reuniones de trabajo con los Diputados o grupos Parlamentarios del Congreso del Estado, para revisión y análisis de las iniciativas de Ley o Decreto o bien para atender puntos de Acuerdo Económico que la Legislatura decrete.

13. Coordinar, analizar y elaborar en su caso las iniciativas de Ley que determine el Ejecutivo del Estado.

14. Proponer al Secretario General opinión de los decretos e iniciativas de Ley que se envíen o remita el Congreso del Estado.




1. Dirigir y supervisar los asuntos de orden administrativo, civil, laboral, agrario y amparo en los que comparece como parte el poder ejecutivo, observando los principios de constitucionalidad y legalidad.

2. Dirigir y coordinar la atención, seguimiento, trámite y sustentación de los procedimientos o juicios en que el estado, el ejecutivo estatal y los titulares de las dependencias o entidades de la administración pública sean parte, de acuerdo al programa y políticas establecidas.

3. Participar en la asesoría que preste el ejecutivo estatal, cuando este así lo acuerde, en las acciones o controversias constitucionales a que se refiere el artículo 105 de la constitución federal, así como en todos los juicios o negocios en que intervenga como parte afecten su patrimonio o tenga interés jurídico. Asimismo, atender los asuntos relativos a las controversias constitucionales que se plantean, en las que figure como parte el ejecutivo estatal o el estado.

4. Representar en los términos señalados por el titular a la secretaría ante cualquier autoridad, en los juicios que se interpongan en contra de la misma, y auxiliarlo en los aspectos legales en sus funciones de coordinador sectorial, verificando que se dé la coordinación con las dependencias y entidades que corresponda, para la atención y seguimiento de los asuntos que requieran de su intervención.

5. Comparecer en representación del poder ejecutivo en los juicios de orden civil, penal, administrativo, agrario y laboral, en defensa de sus intereses jurídicos y patrimoniales, así como designar analistas jurídicos para que atiendan y lleven a cabo el seguimiento a los asuntos encomendados a la dirección, de acuerdo a los planes y programas designados.

6. Formular los informes en los juicios de amparo y comparecer en toda clase de procedimientos judiciales o contencioso administrativo, laborales, civiles, agrarios y penales (despojos), en que el ejecutivo del estado sea parte, ofrecer pruebas, formular alegatos, interponer toda clase de recursos, vigilar los trámites de los juicios y promover lo necesario para dar cumplimiento a las resoluciones firmes.

7. Dirigir, controlar y evaluar el desempeño de las funciones encomendadas a la dirección, así como acordar con el jefe inmediato, el establecimiento de normas, criterios, sistemas y procedimientos para la resolución de los asuntos cuyo tramite sea de la competencia de la dirección, de acuerdo a las especificaciones establecidas.

8. Determinar e instrumentar las normas, políticas y lineamientos internos complementarios, que regulen la operación y oriente la toma de decisiones en los programas establecidos. elaborar anualmente el programa de actividades e integrar el anteproyecto del presupuesto anual de egresos de la dirección y presentarlo al inmediato superior para su autorización.

9. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y facultades, los que le sean señalados por la delegación o correspondan en suplencia del inmediato superior, en razón de la materia de su competencia.




1. Intervenir en los asuntos de carácter legal en que tenga injerencia la Dependencia.

2. Coordinar la emisión de opiniones, que emitan las unidades administrativas adscritas a la Subsecretaría Jurídica, respecto de las consultas que en materia jurídica formulen los servidores públicos.

3. Auxiliar al Subsecretario Jurídico en la vigilancia del cumplimiento de los preceptos constitucionales, en los términos que señale la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California.

4. Asesorar al Subsecretario Jurídico y a los servidores públicos de las unidades administrativas y entidades del sector de la Secretaría, así como fijar, sistematizar y difundir los criterios de interpretación y aplicación de las disposiciones jurídicas que normen su funcionamiento.




1. Garantizar la coordinación interinstitucional del poder ejecutivo con los titulares del poder judicial y legislativo del estado mediante la representación del secretario general de gobierno ante magistrados, jueces, consejeros de la judicatura del poder judicial del estado, legisladores, en reuniones de análisis de temas relativos a la implementación del nuevo sistema de justicia penal que asegure su buen funcionamiento.

2. Dirigir los trabajos de investigación sobre sistemas jurídicos de procuración y administración de justicia con el objeto de enriquecer el marco jurídico sobre el que se desarrollará el nuevo sistema de justicia penal.

3. Dar seguimiento a la elaboración de propuestas de organización, seguimiento y evaluación para la implementación de reformas en materia de justicia que resulten en la mejora del proceso de implementación del nuevo sistema de justicia penal.

4. Proporcionar información y asesoría en la materia de su competencia y establecer la coordinación necesaria con otras unidades administrativas de la secretaría, así como con dependencias de los tres niveles de gobierno, de acuerdo con las políticas establecidas al respecto por el secretario.

5. Dirigir la elaboración de proyectos de iniciativas, realizar investigaciones, así como emitir opiniones sobre propuestas provenientes de las diversas dependencias interesadas en la materia, aplicando el marco legal correspondiente, asegurando una efectiva administración y procuración de justicia.

6. Revisar los estudios relativos a la función jurisdiccional y en procuración de justicia verificando que se cumpla con la normatividad establecida.

7. Llevar a cabo trabajos de investigación sobre sistemas jurídicos de procuración y administración de justicia, sometiéndolos a consideración del subsecretario de enlace para asuntos de justicia.

8. Elaborar y revisar proyectos u opiniones sobre iniciativas de reformas a la constitución local, leyes y otros ordenamientos jurídicos, en materia de procuración y administración de justicia de acuerdo al marco legal correspondiente.

9. Participar en los trabajos de la comisión interinstitucional de implementación del nuevo sistema de justicia penal y en los comités técnicos de las instancias operadoras del nuevo sistema, aplicando los criterios y normas que rigen estas acciones.

10. Colaborar en la organización de eventos relacionados con la implementación de la reforma de justicia siguiendo las especificaciones determinadas.

11. Dirigir y supervisar la planeación, elaboración, organización, seguimiento y evaluación del programa integral del nuevo sistema de justicia penal, mediante la coordinación interinstitucional, asegurando la entrada en vigor y operación eficiente del nuevo sistema en los cinco municipios del estado.

12. Programar y celebrar las diversas reuniones de coordinación con las instituciones operadoras y normativas, dando seguimiento y evaluando la implementación de las reformas en materia de justicia, con la finalidad de que el proceso de implementación este acorde a las políticas establecidas.

13. Garantizar una permanente comunicación e intercambio de información con los funcionarios de enlace designados por las instituciones operadoras para programar y organizar el seguimiento y evaluación de la implementación del NSJP., según lo marquen los lineamientos y leyes establecidas para ello.

14. Revisar y analizar los diversos documentos elaborados por las instituciones operadoras en el proceso de implementación del NSJP, garantizando que contribuyan al desarrollo del mencionado proceso, tomando como base las especificaciones y lineamientos establecidos.

15. Solicitar información y reportes de los principales pendientes y avances logrados por las instituciones operadoras en el proceso de implementación del NSJP, con la finalidad de detectar posibles mejores al mismo.

16. Promover y apoyar los procesos de reingeniería administrativa, así como la mejora continua y la modernización de las instancias operadoras, que faciliten el proceso de implementación del nuevo sistema de justicia penal.

17. Supervisar la elaboración de diversos instrumentos de planeación, presupuestación y reporte de avances de gestión de la subsecretaria de enlace para asuntos de justicia, según lo establecido en el plan operativo.

18. Cumplir con las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables en la ejecución de las actividades asignadas en los programas operativos como los asuntos encomendados a su cargo. así como también acordar con su jefe inmediato superior la resolución de los asuntos considerados en el programa de trabajo, como los extraordinarios que atienda bajo su responsabilidad.

19. Presentar informes periódicos sobre el avance de los programas y actividades asignadas a su cargo, así como también proporcionar la información y en su caso, la asesoría técnica en la materia de su competencia de acuerdo con las políticas establecidas al respecto.




1. Representar al poder ejecutivo del estado ante las estructuras jerárquicas de las asociaciones, iglesias, agrupaciones, organizaciones y demás instituciones religiosas, de acuerdo a la normatividad establecida.

2. Apoyar las asociaciones, iglesias, agrupaciones, organizaciones y demás instituciones religiosas en sus gestiones para la obtención de su registro como asociaciones religiosas, así como la solicitud para la apertura de templos, registro de nombramientos, separación o renuncia de ministros de culto y representantes legales en los términos de la ley en la materia.

3. Coadyuvar con la autoridad Federal en el registro de propiedades de las diferentes asociaciones, iglesias, agrupaciones, organizaciones y demás instituciones religiosas, en colaboración con el Instituto de Servicios Registrales y Catastrales en el Estado.

4. Proponer y participar en la elaboración de convenios de colaboración o coordinación con las autoridades de la Federación y Municipios en materia de asuntos religiosos, de conformidad con los dispuesto por la normatividad establecida.

5. Garantizar la libertad de creencias y fomentar la tolerancia religiosa, dentro del marco jurídico aplicable; así como la promoción, en coordinación con la Secretaria de Gobernación, la ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público mediante cursos, seminarios, foros y actos culturales.




1. Planear la política legislativa del ejecutivo en coordinación con las instancias correspondientes, bajo la normatividad aplicable a efecto de generar la información necesaria para concretizar estudios de reforma al marco jurídico estatal.

2. Coadyuvar con las diferentes dependencias y entidades de la administración pública en la elaboración o en su caso la actualización de estudios sobre iniciativas o reformas de ley, siguiendo los procesos establecidos, que permitan identificar las necesidades legislativas en las áreas correspondientes, tendientes a la mejora de la función pública administrativa.

3. Integrar información, recomendaciones o sugerencias sobre la organización municipal y sus aspectos afines y colaterales que genere, propicie y obtengan los diversos organismos de investigación y estudios sobre temas municipales, de acuerdo a las especificaciones determinadas.

4. Integrar información del proceso legislativo o de las modificaciones a la constitución política de los estados unidos mexicanos, mediante el seguimiento y recopilación de iniciativas que se generen por los poderes ejecutivo y legislativo federal, según el marco legal vigente.

5. Determinar e instrumentar las normas, políticas y lineamientos internos complementarios, que regulen la operación y oriente la toma de decisiones en los programas establecidos, de acuerdo al plan operativo anual.

6. Validar estudios de prospección legislativa a fin de abatir el exceso de normas o de regulaciones y la adecuación del marco jurídico estatal, conforme a las reformas a los ordenamientos federales y las necesidades de adecuación al funcionamiento u organización de la función pública.

7. Llevar a cabo el análisis y elaboración de iniciativas de ley que determine el Ejecutivo del Estado.

8. Elaborar dictámenes jurídicos sobre las leyes o decretos que el congreso del estado remita al ejecutivo del estado para su publicación en el periódico oficial, formulando, si se requiere, las observaciones previstas en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California.

9. Participar en el análisis a las leyes federales y sus reformas de aplicación en el ámbito estatal y en su caso, darles a conocer a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal.

10. Coadyuvar en los procesos de reforma, modernización y adecuación del orden jurídico estatal, principalmente, el que rige el funcionamiento de la Administración Pública del Estado; así como en los procesos que se realicen para abatir el exceso de normas o de regulaciones jurídicas, de acuerdo con las instrucciones que dicte la Secretaría.

11. Representar al Poder Ejecutivo en Comisiones de dictamen legislativo del Congreso del Estado.

12. Revisar los Proyectos de decretos, verificando que se cumpla con los lineamientos establecidos para su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

13. Coordinar la elaboración de dictámenes proyectos y reformas de ley, según los lineamientos y especificaciones en el plan operativo, en observancia del marco legal que rige estas acciones, a efecto de coadyuvar en el logro de objetivos y metas de la Dirección.

14. Coordinar acciones con las comisiones dictaminadoras del h. congreso del estado, llevando una concordancia en los estudios y/o proyectos, de acuerdo a las metas y objetivos establecidos en los planes y programas.

15. Realizar un análisis de las leyes publicadas en el periódico oficial del estado, una vez que estas han sido publicadas y así poder realizar estudios de derecho, comparando con legislación de otros estados de la república y posibles adecuaciones.

16. Contribuir a la consolidación de los diversos asuntos que se atienden en la dirección, dando puntual seguimiento y a su vez finiquitar los análisis y estudios indicados en la agenda legislativa, así también los asuntos no previstos dentro de esta de acuerdo a los lineamientos y normatividad establecida.

17. Revisar y analizar los proyectos e informes que elabora el personal a su cargo, facilitando el seguimiento y toma de decisiones en el desarrollo de los trabajos.

18. Prestar asesoría jurídica, emitir y resolver las consultas que en materia jurídica le sean planteadas por el Titular del Ejecutivo del estado y por las Dependencias y Entidades de la Administración Pública.

19. Emitir opiniones respecto a las consultas en materia jurídica les sean planteadas por la Dependencias y Entidades de la Administración Pública.

20. Verificar que en la elaboración o en la emisión de opiniones sobre la legalidad de los proyectos de contratos, convenios y acuerdos que se encomienden cumplan con la normatividad establecida.

21. Validar y participar en la elaboración de los proyectos de contratos, convenios y acuerdos que sean necesarios para la buena marcha de la administración pública.

22. Emitir normas y políticas en materia jurídica o en su caso revisar aquellas que realicen las dependencias y entidades de la administración pública, verificando que se elaboren de acuerdo a las disposiciones jurídica establecidas. Así como también proporcionar asesoría en la elaboración de las mismas.

23. Validar los estudios y proyectos jurídicos tendientes al mejoramiento, adecuación y fortalecimiento de los principios de constitucionalidad, legalidad, seguridad y certeza jurídica de las diversas funciones a cargo de la Administración Pública Estatal, que le solicite el Subsecretario Jurídico.

24. Realizar la revisión jurídica de los proyectos especiales que encomiende el Gobernador del Estado y el Secretario General de Gobierno, de acuerdo al marco legal vigente.




1. Defender a las personas que no tengan defensor particular, cuando ellas o el tribunal respectivo los designe con ese fin, y participar en material civil, a las personas que lo soliciten y que carezcan de los recursos económicos suficientes, para cubrir los honorarios de un abogado particular.

2. Coordinar para que diariamente los defensores públicos, realicen visitas a los juzgados de su adscripción, así como a las oficinas de la defensoría y permanecer el tiempo necesario para el desarrollo de las funciones.

3. Promover las pruebas y demás diligencias necesarias para la eficaz defensa y patrocinio de los negocios que tengan encomendados.

4. Promover juicios de amparo cuando las resoluciones de los tribunales no se ajusten a la ley o a la jurisprudencia, en perjuicio de las personas que defiendan o patrocinen.

5. Coordinar la elaboración del informe mensual de los asuntos en que haya intervenido la Dirección, para la realización de estadísticas; y

6. Las demás que le confieran los ordenamientos legales establecidos.




1. Coordinar y supervisar el cumplimiento de las obligaciones de los defensores y demás servidores públicos adscritos al área civil y penal en la prestación del servicio de asesoría y representación legal, según el marco legal correspondiente.

2. Coordinar e implementar los proyectos del nuevo sistema de justicia programados, a fin de alcanzar los objetivos y metas establecidos, aplicando las normas, políticas y lineamientos de carácter administrativo que faciliten su ejecución.

3. Analizar y reportar a la autoridad competente las quejas que presenten los usuarios del servicio de la defensoría en contra de los defensores, estableciendo acciones correctivas para cada caso.

4. Visitar periódicamente los juzgados que comprenda cada adscripción, informándose de la atención que el defensor dedique a los negocios que tenga encomendados.

5. Asignar y reasignar a los defensores, previo acuerdo del director o subdirector conforme a las necesidades de las coordinaciones de área.

6. Elaborar opinión respecto a las consultas formuladas por el jefe inmediato de acuerdo a los criterios y lineamientos establecidos.

7. Supervisar la formación del archivo y estadística de la defensoría en materia civil y familiar, así como también elaborar un informe mensual al director, que coadyuven en una adecuada toma de decisiones.

8. Vigilar, supervisar y coordinar el cumplimiento de las obligaciones de los defensores y demás servidores públicos adscritos al área penal en la prestación del servicio de asesoría y representación legal, de acuerdo a la metodología establecida para ello.

9. Comunicar a la autoridad competente las quejas que presenten los usuarios del servicio de la defensoría en contra de los defensores, reportando áreas de oportunidad y alternativas de solución que solventen los casos.

10. Elaborar opinión respecto a las consultas formuladas por el director o el subdirector, tomando como base el marco legal correspondiente.

11. Dar seguimiento a la formación del archivo y estadística de la defensoría en materia penal, así como elaborar un informe mensual al director, de acuerdo a las especificaciones que se le indiquen.




1. Coordinar, supervisar y evaluar el adecuado funcionamiento del Registro Civil, Notarías y Registro Público de la Propiedad y Comercio, así como ordenar la aplicación de las medidas preventiva y correctivas que se requieran para el desarrollo de los mismos.

2. Difundir y promover ante la ciudadanía los servicios de gobierno que prestan las áreas adscritas a la Subsecretaría.




1. Promover la protocolización notarial de actos relativos a las atribuciones y facultades de la Secretaría.

2. Recibir la documentación requerida para el examen de aspirante para la actividad notarial; por consiguiente, se llevará a cabo el análisis de la solicitud y una vez aprobada, se fijará día y hora para que tenga lugar el examen.

3. Recibir y mantener bajo su cuidado los documentos que los notarios de su comprensión deban remitir al Archivo General de Notarías.

4. Tener bajo el cuidado y custodia de la Dirección, los volúmenes cerrados y sus anexos que envíen los notarios. Así como recibir y guardar los sellos que deban depositarse o inutilizarse.

5. Expedir testimonios o copias certificadas de los instrumentos y documentación que obre en el Archivo General de Notarías y de los que mantenga bajo su cuidado y custodia.

6. Programar y efectuar visitas e inspecciones que se estimen pertinentes a notarias, e integrar y mantener en custodia expedientes derivados de estas acciones, informando sobre el resultado de las mismas al Secretario, para que de estimarse conveniente se proceda conforme a derecho.

7. Recibir, integrar y resguardar en la Dirección, los expedientes de practicantes, aspirantes y adscritos de la función notarial, de los notarios titulares y de las notarías.




1. Dirigir y verificar que las funciones del registro civil en el estado ejercidas a través de las oficialías del registro civil se realicen conforme a las disposiciones del código civil, la ley orgánica del registro civil y demás ordenamientos legales aplicables, a fin de producir un impacto positivo para la población usuaria, traducido en beneficios palpables e inmediatos en los trámites que se realizan en la dependencia.

2. Dar seguimiento a la capacitación de los oficiales y demás personal que labora en el registro civil, así como en los módulos de CURP distribuidos en el estado, para el mejor desempeño de sus funciones, según los requerimientos implícitos en los objetivos y metas de la dirección.

3. Resolver sobre las rectificaciones de las actas y/o el procedimiento de cancelación de las mismas y autorización de registros extemporáneos que se les presenten, así como expedir copia certificada de las constancias que se encuentren en el archivo general del registro civil, de acuerdo a los requerimientos de los usuarios del servicio.

4. Llevar a cabo en coordinación con las dependencias que correspondan, las acciones tendientes al mejoramiento de la institución, partiendo de los planes y programas establecidos.

5. Determinar el tipo de papelería oficial y formas de actas, que de manera uniforme se utilizarán en las oficialías del registro civil, asimismo girar instrucciones e instructivos necesarios para el buen funcionamiento de la dependencia.

6. Administrar el archivo general del registro civil a su cargo, así como gestionar y coordinar la estandarización de los mismos con las oficialías del registro civil, según los lineamientos y programas establecidos.




1. Delegar y aprobar la atención de la correspondencia dirigida a la Dirección.

2. Nombrar al personal que estará a cargo de las unidades administrativas, así como demás personal necesario para la prestación de los servicios ofrecidos por la Dirección en los diversos municipios.

3. Ordenar y promover los proyectos de creación o modificación de lineamientos y normas de competencia para la Dirección conforme a las disposiciones legales aplicables, ejerciendo la autoridad contenida en las mismas.

4. Promover la permanente actualización del marco jurídico en materia registral, con la finalidad de proporcionar seguridad jurídica y social en los servicios que ofrece la Dirección conforme a la legislación aplicable.

5. Delegar la atención a las solicitudes de información registral requerida por la ciudadanía, diferentes autoridades y dependencias Federales, Estatales y Municipales, según corresponda, a las Unidades Administrativas de la Dirección.

6. Designar al Comité de Transparencia y proveer de lo necesario para su operación y funcionamiento.




1. Calificar y autorizar el registro de actos objeto de inscripción de acuerdo con la legislación aplicable.

2. Expedir las certificaciones de datos y documentos que obren en los archivos registrares, conforme a lo solicitado por los usuarios y diversas autoridades.

3. Orientar al personal, a los usuarios y a la Dirección en consultas respecto de los tramites y servicios que proporciona la dependencia en el ámbito de su circunscripción municipal.

4. Resolver sobre las solicitudes de rectificación y cancelación de asientos, en los términos de las disposiciones aplicables.

5. Proteger y fomentar la correcta aplicación de las disposiciones legales en los actos registrales y la prestación de los servicios que brinda la dependencia.




1. Coordinar, orientar y dar seguimiento a los trabajos y tareas de protección y defensa de los derechos humanos que lleven a cabo las dependencias y entidades de la Administración Pública.

2. Auxiliar al Secretario en la coordinación de los esfuerzos que las Dependencias y Entidades de la Administración Pública emprendan para el adecuado cumplimiento de las recomendaciones emitidas por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos.

3. Sistematizar y difundir información relativa al cumplimiento de las recomendaciones emitidas por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos.

4. Constituir, administrar y mantener actualizado el registro de las recomendaciones que la Comisión Estatal de los Derechos Humanos emita a las dependencias y entidades de la Administración Pública.

5. Fungir como vínculo entre la Secretaría y la Organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la defensa de los derechos humanos, así como atender y, en su caso, remitir a las instancias competentes las peticiones que estas le formulen, sin perjuicio de las atribuciones de otras unidades administrativas de la Secretaría.

6. Someter a consideración del superior jerárquico la forma en que se serán atendidas las recomendaciones y sentencias dictadas por organismos internacionales en materia de derechs humanos cuya competencia, procedimientos y resoluciones sean reconocidos por el Estado Mexicano.

7. Vincular las acciones con organismos estatales, nacionales e internacionales en materia de derechos humanos, para la colaboración y atención de asuntos en esta materia.

8. Dar trámite administrativo a las medidas que procuren el pleno respeto y cumplimiento, por parte de las auctoridades de la Administración Pública, de las disposiciones jurídicas que se refieren a los derechos humanos y a las garantías para su protección.

9. Coordinar la atención de las solicitudes de medidas precautorias o cautelares necesarias para prevenir la violación de los derechos humanos, así como instrumentar dichas medidas, siempre que no sean de la competencia de alguna otra dependencia de la Administración Pública.

10. Coordinar y supervisar, en la Secretaría, el cumplimiento a obligaciones que en materia de protección y defensa de los derechos humanos le correspondan.

11. Identificar y compilar los compromisos estatales en materia de derechos humanos que asuma el Estado, así como promover y coadyuvar con las dependencias y entidades de la administración para dar cumplimiento.

12. Dictar, previo acuerdo con su superior jerárquico, las medidas administrativas que sean necesarias para que las autoridades estatales, en el ámbito de sus respectivas competencias, procuren el cumplimiento de los preceptos constitucionales en los relativo a los derechos humanos y a las garantías para su protección.




1. Analizar, evaluar e impulsar el seguimiento de las recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional para lograr su cumplimiento.

2. Recabar la información necesaria para integrar el apartado sobre las actividades para garantizar el acceso a la información, el apartado deberá contener por lo menos: número de solicitudes de acceso a la información, su resultado y tiempo de respuesta, número y resultado de los asuntos materia de la ley, atendidos por el titular de la primera visitaduría y el estado que guardan las denuncias presentadas ante el Órgano Interno de Control sobre la materia.




1. Otorgar, a petición de los periodistas que lo soliciten, las medidas de atención o protección necesarias para prevenir la consumación de una amenaza o para enfrentar riesgos inminentes o agresiones contra su esfera jurídica, que sean consecuencia del ejercicio de su profesión.

2. Establecer los elementos objetivos necesarios para la debida evaluación del otorgamiento de las medidas de atención y protección, y la adopción de los criterios, lineamientos o protocolos aplicables a la salvaguarda de la esfera jurídica de los periodistas.

3. Programar, coordinar y dar seguimiento al otorgamiento de las medidas de atención y protección a los periodistas, en coadyuvancia con las instituciones especializadas, autoridades administrativas e instancias jurisdiccionales competentes.

4. Establecer acciones de coordinación y colaboración con las organizaciones de la sociedad civil que se hayan destacado por su labor en materia de atención y protección a los periodistas, en el contexto de la defensa de la libertad de expresión.




1. Instrumentar mecanismos de seguimiento a las recomendaciones de los instrumentos jurídicos internacionales en materia migratoria y vigilar su cumplimiento.

2. Gestionar y difundir los Programas Sociales del Gobierno del Estado para Migrantes.

3. Promover la atención a migrantes en el Estado, donde exista mayor concentración de migrantes, a efecto de consolidar el vínculo interinstitucional con las organizaciones sociales.

4. Generar y difundir los elementos de información y comunicación en materia migratoria, así como los programas de retorno voluntario a su estado de origen.

5. Gestionar la difusión de campañas de prevención de la violencia contra migrantes.

6. Gestionar con las representaciones consulares la obtención de documentos de aquellos connacionales que lo requieran.

7. Ejecutar las acciones, políticas y programas estatales en materia de atención a migrantes.

8. Aplicar los derechos y obligaciones de los migrantes por el Estado, evitando circunstancias de impacto en lo relativo a seguridad pública, salud y demás aspectos sociales en lo que incide esta problemática.

9. Conducir y operar las acciones de enlace entre las autoridades de los municipios y las autoridades del Estado, así como de las autoridades federales migratorias asentadas en territorio de Baja California, con el fin de procurar la subsistencia permanente de los derechos humanos y la atención integral de las necesidades básica de los migrantes.

10. Fortalecer la relación del Gobierno del Estado con el Gobierno Federal y los municipios para el desarrollo de proyectos, esquemas innovadores de participación y corresponsabilidad para la atención y protección de los migrantes.




1. Diseñar, evaluar y ejecutar los procedimientos, programas y procesos que garanticen la defensa, y protección de derechos humanos de los migrantes durante su ingreso, tránsito, salida y retorno del territorio del territorio nacional en coordinación, en su caso, con la Subsecretaria de Derechos Humanos.

2. Coordinar la operación y funcionamiento d ellos grupos de protección a migrantes creados por la Secretaría.

3. Coordinar y supervisar la ejecución de los lineamientos y estrategias necesarias para la prestación de los servicios que brindan los grupos y programas de protección a migrantes y evaluar su operación.

4. Proponer la suscripción de acuerdos necesarios para el retorno asistido de extranjeros y la repatriación segura y ordenada de mexicanos, de conformidad con la política migratoria definida por la Secretaría.

5. Coordinar y dar seguimiento a las relaciones con organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas, actores relevantes nacionales e internacionales, cuyo objeto esté vinculado a los temas migratorios, de conformidad con la política migratoria y lineamientos definidos por la Secretaría.




1. Operar y mantener actualizado el Registro.

2. Difundir y proporcionar los formatos que se utilizarán en el Registro.

3. Diseñar e implementar, conjuntamente con la Procuraduría de los Derechos Humanos y Participación Ciudadana del Estado, los esquemas necesarios que garanticen el acceso inmediato de los migrantes a los servicios y programas de atención operados por dicha Procuraduría.

4. Proponer, promover y participar en programas y campañas de atención a migrantes.

5. Divulgar, por los medios de comunicación masiva a su alcance, información relativa a las acciones, políticas y programas de atención a migrantes.

6. Promover y operar el intercambio de información con dependencias e instituciones nacionales e internacionales en materia de migración.

7. Efectuar consultas y encuestas relacionadas con el fenómeno de la migración.

8. Promover y fomentar, en coordinación con dependencias y entidades federales, estatales o municipales, acciones de orientación y educación a la población, referente a la problemática que representa el fenómeno de la migración.

9. Reconocer el mérito y altruismo de las persona, físicas o morales, que participan en los programas de atención a migrantes, mediante la expedición de las constancias.

10. Promover el respeto y la proyección de los derechos de los migrantes, en su calidad de seres humanos.

11. Promover la inscripción voluntaria de migrantes en el Registro.




1. Supervisar las operaciones de los Centros de Reinserción Social, Centros de Internamiento para Adolescentes, Policía Estatal de Seguridad y Custodia, direcciones y unidades administrativas que integren esta subsecretaria, fungiendo como autoridad penitenciaria y administrativa.

2. Regular el sistema de reclusión, así como la clasificación de las personas privadas de la libertad, el diseño y ejecución del plan de ejecución y del plan de actividades basado el trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte, manteniendo las condiciones para una vida digna y segura, lo anterior aplicado al interior de los centros de reinserción social y centros de internamiento para adolescentes.

3. Procurar que esta subsecretaria ofrezca los procesos de justicia restaurativa y mediación en internamiento, así como los servicios postpenales en apoyo a los liberados o externados, lo anterior a través de la dirección de reinserción social y servicios postpenales o bien a través del departamento de servicios de reinserción social y de justicia restaurativa, en caso de tratarse de personas adolescentes.

4. Presentar candidatos para el otorgamiento de beneficios al Juez de ejecución, a través de la Dirección de Ejecución de Penas y Beneficios preliberacionales.

5. Vigilar la ejecución y seguimiento de las penas, medidas de sanción y medidas de seguridad que impongan o modifiquen los órganos jurisdiccionales, por conducto de la dirección de ejecución de penas y beneficios preliberacionales.

6. Comprobar que el personal adscrito a los centros de reinserción social y a los centros de internamiento de adolescentes, cumpla con sus deberes, así como el personal de las diversas unidades administrativas pertenecientes a esta subsecretaria.

7. Tramitar a través de la coordinación de sistemas y de tecnología la compra, instalación, operación y mantenimiento de los sistemas tecnológicos de monitoreo, vigilancia, inhibición y control, instalados en las unidades ejecutoras y administrativas de esta subsecretaria.

8. Supervisar las acciones y trámites pertinentes para que la alimentación que reciben las personas privadas de la libertad internadas en los Centros de Reinserción Social o Centros de Internamiento para Adolescentes sea en cantidad, calidad y valor nutricional necesario y conforme a la normativa establecida.

9. Vigilar que la implementación de acciones disciplinarias sea de apego a los derechos humanos dentro de los Centros de Reinserción Social y en los Centros de Internamiento para Adolescentes.

10. Atender los requerimientos relativos a la protección de los derechos humanos de los adolescentes en internamiento, personas privadas de la libertad o de sujetos cumpliendo cualquier medida cautelar, vigilando se cumpla con la normatividad correspondiente.

11. Supervisar la evaluación de riesgo, el cumplimiento de las medidas de orientación, protección o tratamiento impuesto durante el proceso o etapa de ejecución a las personas privadas de la libertad y adolescentes en internamiento, así como a las personas inimputables, mediante las direcciones de esta subsecretaria dependencias competentes.

12. Procurar y disponer los traslados y excarcelación de las personas privadas de la libertad y de adolescentes que se encuentre en internamiento, ya sea entre centros estatales y/o centros federales, siendo tratados de común avenencia.

13. Supervisar y evaluar en cumplimiento de la sanción en prisión preventiva, así como las actividades de las personas procesadas y el plan de actividades de las personas sentenciadas.

14. Intervenir en los juicios de amparo cuando sea señalada como autoridad responsable o cuando sea parte procesal ante los órganos jurisdiccionales competentes interponiendo los recursos, medios de prueba y excepciones, así como acudir a las audiencias.

15. Solventar las inconformidades surgidas de la omisión de las responsabilidades atribuidas a los servidores públicos adscritos a la de la subsecretaria estatal penitenciaria.

16. Supervisar e instruir en la integración, sistematización y actualización permanente de los expedientes de ejecución, expedientes médicos, las bases de datos y registros estatales y nacionales correspondientes a la información de las personas privadas de la libertad, de los adolescentes en internamiento y de todas aquellas personas que determinen las disposiciones aplicables.

17. Informar al secretario de seguridad pública cuando sea declarado en estado de alerta o alerta máxima algún centro de reinserción social o centro de internamiento para adolescentes, así mismo cualquier requerimiento o algún suceso relevante.




1. Establecer enlaces entre las diversas dependencias para la realización de proyectos de construcción y equipamiento de la infraestructura, fomentando el apoyo para su ejecución.

2. Identificar necesidades en materia de infraestructura para facilitar la operatividad y funcionamiento de los centros de reinserción social, centros de internamiento para adolescentes y demás instalaciones.

3. Gestionar los proyectos y presupuestos de obra de acuerdo al programa anual de construcción de infraestructura, dando seguimiento de las acciones implementadas.

4. Realizar informes de los avances de los proyectos de construcción, así como de sustento y mantenimiento de las unidades ejecutoras pertenecientes a la subsecretaria del sistema estatal penitenciario.

5. Evaluar los planes de construcción, remodelación y mejoramientos de las unidades ejecutoras, para poder así, emitir sus opiniones técnicas.




1. Actualizar e Implementar los procedimientos relacionados a la operación de sistemas y tecnologías de información en las unidades ejecutoras de la subsecretaria del sistema estatal penitenciario, centros de reinserción social y centros de internamiento para adolescentes.

2. Desarrollar actividades y proyectos del sistema de información y de tecnología de la subsecretaria del sistema estatal penitenciario.

3. Vigilar el buen ejercicio y operación de la infraestructura de sistemas y de tecnología de la subsecretaria del sistema estatal penitenciario.

4. Proporcionar soporte técnico de los sistemas, equipos y bases de datos de los sistemas nacionales y estatales, para el almacenamiento e intercambio de información necesaria para la subsecretaria del sistema estatal penitenciario.

5. Brindar capacitación en relación a la operación de sistemas y tecnologías de información y de acuerdo a las necesidades del personal adscrito cualquiera de las unidades ejecutoras o administrativas de la subsecretaria del sistema estatal penitenciario.

6. Colaborar con la coordinación de evaluación y supervisión de medidas y beneficios en libertad, en la Implementación y revisión de brazaletes electrónicos impuestos por orden del Juez.

7. Proporcionar solución a las fallas de soporte técnico para una debida ejecución de las funciones operativas y administrativas, en caso de ser necesario turnar la anomalía a la instancia correspondiente.




1. Establecer enlaces con diversos organismos protectores de los derechos humanos, con el fin de atender los asuntos en ámbito de su competencia.

2. Proporcionar respuesta a las diversas solicitudes que emiten los organismos oficiales protectores de los derechos humanos, así como a lo requerido por las distintas autoridades o el titular de la secretaria; lo anterior en coordinación con la dirección jurídica y de derechos humanos.

3. Realizar evaluaciones a la funcionalidad de los centros de reinserción social y centros de internamiento para adolescentes, para identificar los aspectos susceptibles a ser señalados en los distintos diagnósticos efectuados en materia de derechos humanos, y puedan así, realizarse acciones correctivas aplicables.

4. Solicitar información de las gestiones realizadas y pruebas documentales a las unidades administrativas de la subsecretaria del sistema estatal penitenciario, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables concerniente a la protección de los derechos humanos para dar seguimientos a las observaciones emitidas por organismos competentes en esta materia.

5. Mantener actualizadas las disposiciones normativas que garantizan la aplicación del lineamiento en apego a los derechos humanos.

6. Solventar los planteamientos en materia de derechos humanos y calidad en el servicio penitenciario, realizados por el subsecretario o las unidades administrativas subyacentes.




1. Orientar al Jefe inmediato en materia administrativa con la finalidad de hacer uso eficiente de los recursos de las unidades administrativas que conforman la Subsecretaría del Sistema Estatal Penitenciario.

2. Actualizar la plantilla del personal de las unidades de la Subsecretaría del Sistema Estatal Penitenciario.

3. Sostener coordinación con la Dirección de Administración de la Secretaría de Seguridad Pública respetando la normatividad establecida, así como con las diferentes áreas administrativas de las direcciones y Centros Penitenciarios de la Subsecretaría.

4. Administrar y optimizar los recursos humanos, financieros y materiales de la Subsecretaría y demás unidades administrativas que la conforman, con apoyo de la Dirección de Administración.

5. Realizar el anteproyecto de presupuesto de egresos, así como ejercer el presupuesto autorizado y vigilar el ejercicio de este a las diferentes unidades administrativas que conforman la Subsecretaría del Sistema Estatal Penitenciario.

6. Gestionar la compra de insumos para alimentación de internos en los Centros de Reinserción Social y Centros de Internamiento para Adolescentes en el Estado, ante las instancias correspondientes.

7. Vigilar medidas para el correcto funcionamiento de las cocinas y almacenes de alimentos, así como con la entrega de alimentos, con la finalidad de optimizar y evitar desperdicios, manteniendo inventario y control de utensilios de cocina.

8. Realizar los menús de alimentación de manera trimestral y en coordinación con los encargados de las áreas de cocina así como listas de precio de unidades de abastecimiento mediante estudios de mercado, de las personas privadas de la libertad en los Centros de Reinserción Social y Centros de Internamiento para Adolescentes.

9. Realizar registros y control de bienes materiales y herramientas, así como el mantenimiento de instalaciones de las unidades administrativas de la Subsecretaría del Sistema Estatal Penitenciario, conforme a las prioridades de seguridad y funcionamiento en base a la disposición presupuestal.

10. Realizar programas de mantenimiento preventivo y correctivo de los vehículos y bienes materiales y las gestiones de solicitud de requerimientos en base a las necesidades de material y equipo para servicios y mantenimientos de la Subsecretaría.

11. Organizar los anteproyectos de manuales administrativos, en coordinación con las direcciones, centros penitenciarios y demás unidades administrativas de la Subsecretaría del Sistema Estatal Penitenciario.

12. Proponer contratación de personal, bienes, servicios para el funcionamiento de las unidades administrativas de la Subsecretaría, direcciones y Centros Penitenciarios.

13. Contribuir en los trámites de altas de personal, cambios de adscripción, bajas, comisiones, permutas, vacaciones, licencias, viáticos, gastos a comprobar, prestaciones médicas, económicas y sociales con la Dirección de Administración, capturando información en el Sistema de Trámites Presupuestales, conforme a la normativa y disposiciones aplicables.

14. Coordinar las contrataciones, desarrollo, capacitación, adiestramiento, promoción, adscripción, sanción y servicio profesional de carrera policial de los miembros y personal de la Subsecretaría del Sistema Estatal Penitenciario, antes las instancias correspondientes, conforme a las disposiciones aplicables.




1. Controlar y supervisar la recepción de indiciados, procesados y sentenciados, por una autoridad competente que deban permanecer recluidos por disposición, realizando las mismas mediante oficio.

2. Autorizar la inmediata libertad de los indiciados, procesados y sentenciados, en los casos donde una autoridad competente así lo ordene, recibiendo y girando un oficio para su liberación.

3. Supervisar traslado de internos, confirmando que el mismo se realice según las instrucciones giradas, dando seguimiento vía correo, así como respetando la normatividad establecida.

4. Supervisar a la Policía Estatal de Seguridad y Custodia Penitenciaria en sus funciones en su caso aplicar los respectivos correctivos disciplinarios necesarios, respetando la normatividad aplicable.

5. Autorizar cambios de adscripción o comisiones de los miembros de la Policía Estatal de Seguridad y Custodia Penitenciaria, tomando como referencia las necesidades de cada una de las unidades ejecutoras.

6. Desarrollar las habilidades de la Policía Estatal de Seguridad y Custodia Penitenciaria mediante cursos de capacitación en materia de seguridad pública y formación penitenciaria.

7. Dar seguimiento y verificar a quejas y denuncias realizadas por las personas privadas de la libertad por las acciones emitidas por la autoridad en centro.

8. Validar el cumplimiento de la normatividad y demás disposiciones internas, siguiendo lo dictado por la dirección general en las unidades administrativas, tomando en cuenta los procedimientos establecidos.

9. Representar al director de Centros de Reinserción Social y Adolescentes por solicitud de este a las diferentes reuniones a que sea convocado, tomando la designación por medio de un escrito recibido.

10. Realizar excarcelaciones y traslados de internos, llevando la logística en la preparación de traslados de un CERESO al otro, siguiendo el protocolo establecido y llenado de formatos.

11. Proponer estrategias en materia de seguridad y custodia para mantener el orden paz, y seguridad, haciendo uso de la fuerza en caso de ser necesario.

12. Gestionar acciones de coordinación, supervisión, ejecución con la finalidad de mantener en reclusión a los internos girando ordenes al personal a su cargo.

13. Elaborar proyectos mediante estudios de gestión de centros en apego a las leyes y reglamentación.

14. Revisar los manuales de procedimiento para una posterior actualización, tomando como referencia el manual existente y los cambios procesos.

15. Elaborar oficio de excarcelación para personas privadas de la libertad, recibiendo oficio girado por la secretaria de seguridad pública, leyendo y analizando dando la contestación correspondiente para la liberación.

16. Documentar seguimiento y contestación de juicios de amparo dirigidos a la subsecretaría del sistema estatal penitenciario.

17. Redactar oficio a la subsecretaria con la finalidad de dar respuesta a la Comisión estatal de Derechos Humanos.

18. Atender solicitudes de información diversa, leyendo y analizando la solicitud recibida para su posterior respuesta.

19. Capturar y administrar las capacitaciones impartidas en CENPRODE, apoyando con listado y seguimiento del personal a capacitar.

20. Atender solicitudes de información de personal para organizar cursos de capacitación de manera coordinada con instancias internacionales, enviando listado de personal a capacitar.

21. Supervisar seguimiento a solicitudes de excarcelación tanto de juzgados federales como locales, revisando la fecha de excarcelación, para después tomar un numero de oficio del minutario, avisando la fecha de excarcelación, para después tomar un numero de oficio del minutario, elaborando oficio dirigido al Comandante.

22. Recibir copia de renuncia voluntaria del personal operativo, recursos humanos gira una copia de la renuncia a la dirección de Centros de Reinserción Social, para su análisis y registro.

23. Recibir correo con información de hechos relevantes por parte de la comandancia general, registrándola en hojas de cálculo para analizar la misma con fines estadísticos.

24. Concentrar las solicitudes de cambio de adscripción y comisión de personal operativo, recibiendo la instrucción del Director de Centros, se elabora oficio con numero minutario, los datos del interesado, donde se indica el lugar, fecha donde se presentará a laborar, enviándose el oficio al centro.




1. Diseñar estrategias en materia de seguridad y custodia que comprendan aspectos básicos como el mantenimiento del orden, paz, seguridad y resguardo, mismas que serán generadas de la observación de los acontecimientos de las tareas diarias.

2. Coordinar los servicios de seguridad y custodia con la finalidad de mantener en reclusión a los internos, delegando tareas diarias al personal.

3. Desarrollar acciones a prevenir la comisión de delitos por parte de los internos, visita y miembros del cuerpo, tomando como referencia los lineamientos establecidos.

4. Establecer una comunicación constante con el director de centro así también con comandantes, debiendo estos últimos acatar las instrucciones del Director de Centro, realizando reuniones periódicas donde se instruya el canal de comunicación.

5. Atender denuncias y quejas presentadas por internos, siempre respetando los derechos humanos de las personas privadas de la libertad.

6. Supervisar a los mandos y miembros que utilicen debidamente los recursos materiales, armamento, municiones, vehículos, equipos y demás suministros asignados, aplicando revisiones periódicas.

7. Supervisar y vigilar los Centros de Reinserción Social, tomando como base los lineamientos establecidos.

8. Revisar que en los Centros de Reinserción Social se cumplan y hagan cumplir, las leyes, reglamento, disposiciones normativas, procedimientos, políticas directivas e instrucciones, mediante revisiones periódicas.

9. Implementar medidas de seguridad a efecto de mantener los Centros de Reinserción Social, orden, paz y seguridad, de acuerdo a la normatividad establecida.

10. Coordinar a los Comandantes de los Centros en la elaboración de planes y estrategias a favor de la seguridad de los centros, respetando los lineamientos establecidos.

11. Capturar diariamente novedades generadas en los Centros de Reinserción Social, generando un reporte para presentar al director.

12. Colaborar con el comandante en la supervisión y vigilancia, garantizando la reclusión de internos, realizando revisiones periódicas al área de reclusión.

13. Dar seguimiento a las actividades realizadas durante la jornada de funciones, elaborando un reporte diario de novedades en audiencias realizadas.

14. Instrumentar medidas de seguridad para mantener el orden, paz y tranquilidad en los Centros de Reinserción Social, aplicando la normatividad vigente.

15. Cooperar con los Comandantes para elaborar planes y estrategias para la seguridad de los centros, aplicando la normatividad establecida.

16. Implementar acciones que permitan salvaguardar el bienestar de internos e instalaciones del centro, implementando disciplina en internos y personal custodio.

17. Supervisar vigilancia interna con la finalidad de que no abandonen sin autorización la guardia encomendada y relevo respectivo en servicio, dando seguimiento a los reportes de plantilla laboral en funciones.

18. Realizar inspecciones necesarias en el centro evitando intentos de fuga o disturbios, llevando recorridos por las áreas bajo su cargo.

19. Actualizar planes de contingencia del centro ante diversos acontecimientos, con apego al reglamento establecido, generando un reporte de actualizaciones semestralmente.

20. Aplicar acciones que permitan la custodia optima de internos, contemplando las ordenes y disposiciones legales que regulen su instancia y permanencia en los centros.

21. Realizar operativos de revisión interna, acudiendo a dormitorios, estancias y las diferentes instalaciones que conforman los centros.

22. Administrar la plantilla de oficiales activos, así como la distribución por turnos, los puestos de servicio asignados, faltas, incapacidades y bajas, control llevado en Excel.

23. Realizar traslados y excarcelaciones de las personas privadas de la libertad, girando oficio de envío y recepción física a la dirección de centros.




1. Documentar acción que pueda poner en riesgo la integridad de los Centros de Reinserción Social, mediante revisión vía remota tanto interior como exterior, también realizando investigación, entrevistas de campo, observación detallada del ambiente penitenciario y comunicación con elementos.

2. Informar de cualquier hecho relevante o situación anómalas al Director de Centro, derivada de la observación y/o investigación en los Centros Penitenciarios, generando un reporta detallado de lo sucedido.

3. Coordinar y supervisar el servicio de monitoreo y video vigilancia de cada uno de los Centros de Reinserción Social, promoviendo la supervisión e implementación de los sistemas, así como la actualización de los mismo, dentro de las centrales de monitoreo.

4. Proponer mejoras en sistema de seguridad en los Centros de Reinserción Social en base a los resultados de investigaciones llevadas a cabo, coordinándose con las instancias internas.

5. Prever a los internos que representen un riesgo, mediante entrevistas, estudio de antecedentes criminológicos y analizando información de áreas jurídicas, psicológicas y criminológicas.

6. Gestionar necesidades de recursos humanos, financiero y materiales, para el óptimo desempeño de funciones, mediante análisis presupuestal y elaboración de oficio.

7. Controlar todo lo referente al servicio de monitoreo y video vigilancia del sistema estatal penitenciario, previniendo todo tipo de incidentes.

8. Dar seguimiento a la información en materia de seguridad, en referencia a las unidades ejecutoras o centros, que integran al sistema estatal penitenciario.

9. Organizar investigaciones de índole preventivo en las diversas unidades ejecutoras o centros, que integran el sistema estatal penitenciario.

10. Coordinar acciones con las instancias internas de la Secretaría encargadas de la información y estrategias, dando seguimiento vía correo y/o oficio.

11. Analizar a los internos que pudieran representar un riesgo para las unidades administrativas o centros penitenciarios, mediante exámenes de conducta.

12. Coordinar el mantenimiento de las unidades de los operativos, enviándolos previamente a su debido mantenimiento con el fin de evitar alguna falla al momento de ocuparse y que estos se encuentren en buen funcionamiento.

13. Analizar información de los programas, realizando un diagrama de flujo, para la facilidad y recopilación de información sobre las necesidades planteadas.




1. Administrar, organizar y coordinar el correcto funcionamiento del Centro de Reinserción Social tomando como referencia el presupuesto anual, así mismo garantizar los insumos, equipos, herramientas, instalaciones, entre otros; garantizando la seguridad, resguardo y calidad de vida de las personas privadas de la libertad, así como el trabajo bajo el plan de actividades de reinserción social de cada una de ellas a través de las diversas áreas técnicas del centro y corresponsables externas, encaminadas a la efectiva reinserción social.

2. Asegurar los Derechos Humanos de las personas privadas de la libertad, manteniendo una coordinación y comunicación directa con la CEDH, atendiendo cada una de las Gestiones, quejas o solicitudes enviadas por dicha comisión, recibiendo diariamente los oficios emitidos por la CEDH, canalizándolos a las áreas correspondientes para brindarle el seguimiento y así poder atender en tiempo y forma cada uno de los oficios que envía dicha comisión.

3. Gestionar labores diarias dentro del centro organizando al personal, mediante correo, oficio o en su defecto instrucción girada de viva voz.

4. Asegurar la protección de Derechos Humanos de los privados de la libertad, así como los lineamientos establecidos por la CEDH y lo establecido en el Art. 20 constitucional en su apartado B fracción VIII; por medio de una defensa adecuada, concertando una cita con el abogado de su predilección.

5. Evaluar solicitudes de las personas privadas de la libertad y canalizar dichas solicitudes a las áreas correspondientes para brindarle seguimiento y así poder atender en tiempo y forma cada una de las quejas o solicitudes.

6. Controlar diariamente los oficios emitidos por las áreas del centro, para brindarle seguimiento para así poder atender en tiempo y forma en representación del centro.

7. Asegurar una comunicación y coordinación directa con las diferentes áreas de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, para brindarle el seguimiento y así poder atender en tiempo y forma cada uno de los oficios que envían dichas áreas.

8. Controlar diariamente los oficios emitidos por las áreas adscritas a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, para brindarle el seguimiento y así poder atender en tiempo y forma cada uno de los oficios que envían dichas áreas.

9. Controlar diariamente los oficios emitidos por las áreas adscritas a las Instituciones de Gobierno del Estado y del Municipio, para brindarle el seguimiento y así poder atender en tiempo y forma cada uno de los oficios que envían dichas áreas.

10. Organizar calendario mensual la visita por parte del Ministerio Público para el reconocimiento de imputados por parte de las víctimas.

11. Organizar llamadas de notificación a los diversos Consulados, para brindarles la atención necesaria evitando violentar los derechos de los extranjeros dentro del Centro, canalizándolos a los Consulados correspondientes para dar el seguimiento necesario a las PPL.

12. Supervisar en coordinación con los coordinadores de las diversas áreas del centro, el desempeño del personal a su cargo, así como la dinámica en cómo se está desarrollando las actividades en cada una de las áreas.

13. Supervisar en coordinación con los responsables de la seguridad el centro (comandancia) que se mantenga el orden y la seguridad en todas las áreas.

14. Evaluar mediante sesión de comité técnico disciplinario, si la falta al reglamento es merecedora de una sanción y de qué tipo de sanción, en caso de ser necesario.

15. Facilitar toda información o asesoría que solicite toda persona privada de la libertad, persona interesada y/o institución.

16. Facilitar información jurídica a las personas privadas de la libertad, implementando brigadas de atención y asesorías por parte del departamento jurídico del centro.

17. Revisar y validar información de las ordenes de libertad realizadas por el Departamento Jurídico del Centro, ya sean libertades emitidas por una autoridad que haya cumplido con el tiempo impuesto en sentencias ejecutorias.

18. Asegurar los Derechos Humanos de las personas privadas de la libertad, manteniendo una coordinación y comunicación directa con la C.E.D.H., atendiendo cada una de las Gestiones, quejas o solicitudes enviadas por dicha comisión.

19. Facilitar la comunicación entre los defensores públicos y privados, los órganos jurisdiccionales, público en general, áreas del centro y la Dirección del CERESO, a través de la red telefónica para que llegue a su destino por la vía más adecuada.

20. Asegurar una adecuada organización dentro de la Dirección del centro, auxiliando al Titular del Centro en el manejo de la agenda particular para brindar la atención requerida por parte de los Coordinadores de área, personal adscrito al Centro, abogados defensores y privados, órganos jurisdiccionales, persona privada de la libertad, público en general y cualquier otro organismo interesado en tener una cita con el Director del Centro.

21. Asegurar hacer valer los derechos de las personas privadas de la libertad según el ART.20 Constitucional en su apartado B fracción VIII; el derecho a una defensa adecuada por abogado. Así como los principios de legalidad del proceso en el que se encuentran las personas privadas de la libertad.

22. Asegurar los Derechos Humanos y Constitucionales de las personas privadas de la libertad, la comunicación directa entre ellas y la Dirección de centro, atendiendo quejas o solicitudes enviadas por los mismos.

23. Consolidar una comunicación y coordinación directa con las áreas del Centro, la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, instituciones gubernamentales, Órganos Jurisdiccionales tanto del orden del Fuero Federal y Fuero Común, atendiendo cada una de las Gestiones, quejas o solicitudes enviadas por dicha área.

24. Coordinar con el ministerio Publico el proceso de investigación del delito, ayudando a salvaguardar los derechos de la víctima permitiendo así el señalamiento del imputado.

25. Facilitar el acceso a la información que se maneja en la Dirección del Centro, realizando carpetas para la organización y clasificación de los oficios que llegan al CERESO de las diversas áreas del centro dependencias gubernamentales, organismos públicos y privados, de las personas privadas de la libertad.

26. Elaborar el anteproyecto de presupuesto Anual tomando en consideración los lineamientos establecidos por parte del coordinador Administrativo de la Subsecretaria del Sistema Estatal Penitenciario.

27. Administrar el uso adecuado del combustible, verificando el sistema SIGGO las cantidades asignadas y confirmando el uso apropiado de las cantidades, para contar con insumos para realizar excarcelaciones y/o traslados.

28. Programar el servicio a la planta de Osmosis, Servicio de fumigación y de Recolección de Basura, con la finalidad de proveer un servicio de calidad sin un peligro de enfermedades.

29. Programar compra de materiales para mantener en óptimas condiciones posibles la infraestructura del centro, realizando cotización de materiales, para después uso del mismo.

30. Asegurar abastecimiento de papelería, tóner y artículos de limpieza, elaborando cotización, llenado de solicitud de compra y resguardo.

31. Instrumentar la disciplina al interior del centro, participando en el consejo técnico para sancionar a las personas privadas de la libertad que se encuentran recluidas en el centro penitenciario.

32. Expedir constancia de irregularidades, tomando declaraciones del personal que participa en la irregularidad con el fin de dejar constancia de los hechos ocurridos para ser remitidos a la autoridad según corresponda.

33. Asegurar atención a la población penitenciaria mediante papeletas con las necesidades de las personas privadas de la libertad recluidas en el centro.

34. Administrar el presupuesto de acuerdo a los lineamientos establecidos, mediante solicitudes de materiales o servicio, elaborando cotización de los mismos.

35. Administrar las tarjetas telefónicas que se expenden a los privados de la libertad, entregándose a unidades de abastecimiento conforme se vayan requiriendo.

36. Asegurar el abastecimiento en tiendas, enviando requerimientos de los productos que son necesarios para cubrir las necesidades de la población interna.

37. Supervisar el servicio de alimentación, dando recorridos en el área de cocina, tomando nota de las necesidades y/o complicaciones del proceso.

38. Supervisar la limpieza del centro, proporcionando los insumos necesarios para las tareas, coordinando al personal encargado.

39. Supervisar el buen funcionamiento de las áreas, realizando recorridos a los diferentes departamentos y dando seguimiento a los reportes elaborados con referencia al estatus de funciones.

40. Ejecutar abastecimiento de gas lp, agua para consumo interno, para la elaboración de alimentos de consumo interno, registrando en bitácora el nivel actual del tanque y el nivel al término de la recarga.

41. Comprobar el buen funcionamiento del sistema de drenaje, cuarto frio, planta de luz, cocina, equipos de ventilación, reparación y/o fabricación de puertas en materiales como madera y metal, mantenimiento a instalaciones eléctricas, reparación de paredes bardas, reparación de baños, paredes, lavabos, pisos, etc., mediante revisiones periódicas y mantenimiento preventivo.

42. Supervisar la entrega de nómina en tiempo y forma informando al personal de sus pagos haciendo entrega de talones y cheques recabando firmas del personal adscrito.

43. Elaborar registro de los empleados del centro en relación a las faltas asistencias, alimentando formato Excel con las faltas para posterior descuento vía nómina.

44. Gestionar los movimientos de altas, bajas o cambios del apoyo económico extraordinario llamado ayudantía, renuncias voluntarias, actas administrativas, recibiendo solicitud por escrito con los cambios solicitados.

45. Entregar gafetes y engomados del año en curso a personal activo, cotejando todo lo recepcionado para su posterior entrega.

46. Dar aclaraciones de la situación de descuento del empleado para ver si requiere de una bonificación, se solicita mediante oficio a nominas en oficialía mayor bonificación. (60)

47. Coordinar capacitación ACA, agendando fecha en calendario para posterior notificación al personal adscrito al centro.

48. Procesar incapacidades laborales, se recibe notificación del accidente, se procesa formato y se genera incapacidad.

49. Actualizar continuamente plantilla de personal, registrando cambios, bajas, comisionamiento, etc., con la finalidad de que el personal que labora en el centro se encuentre en esa plantilla.

50. Tramitar la aprobación de crédito personal, mediante oficio el cual será enviado el 07 de cada mes para su aprobación.

51. Registrar periodos vacacionales, incapacidades del personal adscrito al centro, así como organizar y mantener el correcto seguimiento, mediante los oficios de debidamente llenados.

52. Controlar expedientes físicos y digitales en sistema SIA-DIA, recibiendo para su posterior revisión del correcto llenado, para después subir la información al sistema.

53. Capturar, conservar y enviar: plantilla del mes, relación de vacantes y reporte mensual de movimientos (altas, bajas y cambios de adscripción), informando de manera mensual los cambios en plantillas, enviando plantilla en Excel.

54. Apoyar con información para dar respuesta a la demanda laboral de quien la promueve, enviando copias certificadas de expedientes, documentos, actas administrativas, reportes de asistencias, bitácoras, cualquier detalle que esté a nuestro alcance mientras mientras la persona laboró directamente en el centro.

55. Informar a las diferentes autoridades de la baja de servicio de algún Policía Estatal de Seguridad y Custodia Penitenciaria asignado al centro y el estatus en el que termina sus actividades, elaborando memorial de servicio y antecedentes laborales, enviándose a Comandancia y Director de Centro.

56. Dar servicio a las personas privadas de la libertad para que adquieran productos de venta en el centro de reinserción social de Mexicali, recibiendo depósitos a nombre de las personas privadas de la libertad pertenecientes al centro.

57. Elaborar reporte quincenal de ingresos de ventas de productos que se tuvieron en el periodo, se recaba información en Excel para su posterior envío con oficio. (74)

58. Informar a la administración de centros la situación fiscal del centro por mes terminado, se concentra información de las áreas de finanzas y almacén, donde se integra en un solo expediente para su envío mediante oficio. (76)

59. Generar solicitudes de compra de bienes y/o servicios comprobables, solicitud de cotización, formato de compra, pago y autorización de gasto.

60. Realizar compras que cubran las necesidades del centro, cotizando, enviando solicitud de compra a planeación y finanzas para que sea autorizado.

61. Realizar compras consolidadas que cubran las necesidades del centro, que solo sea costeable una vez al año, solicitando el estatus del inventario para cuantificar volúmenes y realizar pedido.

62. Realizar transferencias de insumos a otros centros cuando estos lo requieran, se recibe oficio constatando las solicitudes, registrando en sistema la solicitud, una vez autorizado se procede con el envío en físico.

63. Aplicar entrevista a las personas privadas de la libertad con la finalidad de identificar alteraciones en su estado mental o emocional.

64. Clasificar a las personas privadas de la libertad aplicando herramienta ¨Psicosoft 2011¨ con la finalidad agilizar las pruebas Psicométricas.

65. Realizar valoraciones de la conducta y actividades, por medio de los servicios prestados durante su estancia en el centro.

66. Controlar la visita de familiares según sea el caso orientándolos y canalizándolos a las áreas que corresponden.

67. Informas al directos aquellas circunstancias que sean perjudiciales para las personas privadas de la libertad, llevando un reporte actualizado de todo aquello que modifique el comportamiento del mismo.

68. Supervisa los programas de reinserción social, tales como promover y gestionar la regularización del estado civil.

69. Dar asistencia jurídica a personas privadas de la liberad mediante entrevistas y reportes de estatus de condena.

70. Realizar cartas de reclusión elaborando texto de la carta con datos de la persona privada de la libertad.

71. Elaborar partidas jurídicas elaborando resumen, consultando el sistema, archivos en físico.

72. Supervisar recepción de internos de nuevo ingreso e instruir su canalización para certificación médica, respetando los lineamientos establecidos.

73. Supervisar y en su caso imponer correctivos disciplinarios a los miembros de la policía estatal de seguridad y custodia penitenciaria, realizando penas laborables o salariales según sea el caso.

74. Generar proceso de servicio de medico a las personas privadas de la libertad para así salvaguardar su integridad física, mediante medicina general, servicio detales, psiquiatría.




1. Resolver las peticiones administrativas que formule el personal directivo de los centros de internamiento para adolescente, a los cuales les represente un mando superior.

2. Administrar los trabajos de mantenimiento y mejoras requeridos por los centros de internamiento para adolescentes conservando protocolos y mediadas de seguridad correspondientes.

3. Ejercer funciones normativas con la creación y evaluación de programas para la reinserción y reintegración familiar y social de los adolescentes.

4. Procurar los derechos de los adolescentes en internamiento, así como resguardar su vida, integridad y seguridad, tanto de los de los visitantes, como del personal adscrito al centro de internamiento a su cargo.

5. Revisar que se cumplan las medidas de orientación, protección o tratamiento durante el proceso o en la etapa de ejecución, las cuales fueron dictadas por órganos jurisdiccionales especializados en adolescentes.

6. Coordinar ligado a los centros los ingresos de adolescentes que dispongan las autoridades competentes para permanecer en internamiento.

7. Regular los traslados y excarcelación de adolescentes que se encuentren en internamiento, los cuales son realizados atreves de la policía estatal de seguridad y custodia penitenciaria.

8. Efectuar acciones adecuadas para asegurar que la alimentación que reciben los adolescentes dentro de los centros de internamiento sea conforme a la normativa establecida.

9. Realizar programas y acciones en materia de prevención social de la violencia y de la delincuencia en personas adolescentes.

10. Verificar la elaboración e implementación del plan individualizado de actividades y del plan individualizado de ejecución, en los centros de internamiento para adolescentes y el cumplimiento de las medidas no privativas de la libertad de conformidad con el mismo.

11. Ejecutar los mecanismos alternativos de mediación en internamiento y procesos restaurativos en materia de justicia para adolescentes.

12. Vigilar que las normas de sanción se apliquen en términos de la ley nacional del sistema integral de justicia penal para adolescentes.

13. Solventar las denuncias o inconformidades que se deriven del incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos de la dirección a su cargo o del personal adscrito a los centros de internamiento para adolescentes.




1. Atender las solicitudes de información requeridas a este departamento, fomentando el apoyo para la obtención de información en ámbito federal.

2. Elaborar las solicitudes de la evaluación de riesgo a los adolescentes que se requieran, para determinar la necesidad de cautela o riesgos procesales.

3. Supervisar el cumplimiento de las obligaciones que deriven de la medida cautelar impuesta por la autoridad judicial a los adolescentes.

4. Coordinar las visitas domiciliarias, así como al lugar de trabajo y/o educativo de los adolescentes, siendo esta parte de la evaluación de riesgo y la supervisión.

5. Notificar el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones procesales derivadas de la supervisión de medidas cautelares a las partes y a la autoridad jurisdiccional competente.

6. Requerir el apoyo a las autoridades de seguridad pública o corporación policiaca, cuando sea necesario debido a la supervisión de una mediad impuesta a un adolescente.

7. Actualizar los libros de control y/o registro digitalizado en cuanto a la evaluación de riesgo concierne, así como a la supervisión de las medidas cautelares, suspensión condicional del proceso y acuerdos reparatorios.

8. Participar y/o comparecer a las audiencias en los juicios de amparo cuando le sea requerido como parte procesal ante las autoridades competentes.

9. Facilitar la comunicación con la procuraduría de protección de niñas, niños y adolescentes del estado, así como con el sistema para el desarrollo integral de la familia.

10. Establecer vinculación entre este departamento y las instituciones públicas o privadas, a fin de atender la medida o condición impuesta por la autoridad judicial hacia los adolescentes.

11. Reunir datos estadísticos para la elaboración informes correspondientes al departamento de evaluación y supervisión de medidas cautelares en libertad.




1. Supervisar el cumplimiento de las obligaciones contraídas por las personas e instituciones a las que la autoridad competente les haya encargado el cuidado del adolescente.

2. Vigilar el cumplimiento de las medidas de sanción impuestas por el órgano jurisdiccional competente y en caso de incumplimiento de las mismas informar.

3. Elaborar expedientes únicos con todos los actos realizados por las autoridades correspondientes, durante la ejecución de la medida que se le haya impuesto al adolescente.

4. Analizar y mantener actualizados los libros registros y libros de control correspondientes a la situación jurídica de los adolescentes, los cuales se encuentran cumpliendo una medida.

5. Realizar recorridos de vigilancia y una vez efectuados, elaborar un informe remitiéndolo a la autoridad correspondiente.

6. Dar respuesta e informar lo requerido a este departamento durante los juicios de amparo.

7. Concentrar datos estadísticos de las actividades y atenciones realizadas por este departamento para la elaboración de informes.




1. Regular la implementación de los programas de actividades que integren los servicios de reinserción y reintegración familiar y social de las personas adolescentes, así como los mecanismos alternativos de procesos restaurativos y de mediación, tanto dentro de los centros de internamiento, como fuera.

2. Informar el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones de la medida de sanción impuesta por la autoridad judicial en la cual indique servicio a favor de la comunidad en alguna institución pública o privada.

3. Coordinar la aplicación a cada uno de los adolescentes en internamiento el plan individualizado de actividades que corresponda, procurando su clasificación y ubicación adecuada.

4. Impulsar la corresponsabilidad de las instituciones del sector público y privado ofreciendo servicios de reinserción y reintegración familiar y social de las personas adolescentes.

5. Cumplir con los requerimientos de la autoridad judicial competente de asistir a las audiencias pertinentes.

6. Obtener las estadísticas de las actividades y atenciones realizadas por este departamento y al interior de los centros de internamiento para adolescentes del estado.




1. Ejecutar la medida de internamiento, impuesta por el órgano jurisdiccional competente, así como dejar en libertad a la persona adolescente cuando sea ordenado por dicha autoridad.

2. Vigilar la implementación del tratamiento de reinserción y reintegración familiar y social, de conformidad al plan individualizado de actividades o de ejecución, así como el debido procesamiento de datos e integración del expediente de ejecución y del expediente médico, de cada uno de los adolescentes que ingresen al centro de internamiento.

3. Asumir las medidas necesarias para proteger la vida, la dignidad, la integridad, seguridad y derechos humanos de los adolescentes en internamiento, así como de los visitantes y personal adscrito al centro a su cargo.

4. Mantener la seguridad y orden dentro del centro de internamiento a su cargo, en coordinación con la policía estatal de seguridad y custodia penitenciara.

5. Facilitar el acceso temporal a personas u objetos al centro a su cargo, en términos de las disposiciones aplicables y previa solicitud fundamentada y motivada debidamente.

6. Implementar la medidas de sanción disciplinaria a los adolescentes que se encuentres en internamiento, cuya aplicación sea preservando la dignidad y los derechos humanos.

7. Responder a los requerimientos de los organismos protectores de los derechos humanos y el órgano interno de control de la secretaria de seguridad pública.

8. Cumplir con las normas de clasificación y ubicación de las personas adolescentes privadas de la libertad que se encuentran en internamiento.

9. Brindar los servicios de mediación en internamiento en materia de justicia para adolescentes, lo anterior en coordinación con el departamento de servicios de reinserción y reintegración social y justicia restaurativa.

10. Acudir a las audiencias cuando sea requerido por los órganos jurisdiccionales competentes.

11. Fungir como presidente del comité técnico, siendo este un órgano colegiado, consultivo y de autoridad dentro del centro de internamiento para adolescentes.

12. Emitir la alerta cuando no sea posible mantener la disciplina o evitar daños en materiales, así como cuando tampoco se pueda garantizar la seguridad e integridad de las persona privadas de la libertada, visitantes y personal adscrito al centro e informar a sus superiores jerárquicos y de ser necesario solicitar el apoyo de las instituciones policiales locales y/o federales.

13. Denunciar ante las autoridades competentes hechos delictivos suscitados al interior del centro del que llegase a tener conocimiento, así como de cualquier hecho anómalo o relevante.




1. Vigilar las acciones inherentes a esta dirección de evaluación, supervisión de medidas y beneficios en libertad, las cuales se realizan en relación a los imputados, procesados y sentenciados.

2. Inspeccionar la elaboración del reporte de opinión para la evaluación de riesgo realizada a los procesados e imputados, así como que sea remitido a las unidades de ministerio público y defensa.

3. Regular que el desempeño del personal sea en cumplimiento a los principios establecidos en la normatividad.

4. Asegurar la asistencia del personal designado y participe en las audiencias en las que sea requerido.

5. Verificar que los supervisores y evaluadores mantengan actualizada de manera permanente y sistematizada las bases de datos que competan a esta Dirección.

6. Regular que se cumpla las obligaciones que derivan de la medida cautelar que se le fue impuesta a imputados y sentenciados, coordinando las diligencias de visitas domiciliarias o lugares de trabajo.

7. Realizar informes estadísticos.

8. Autorizar la elaboración y envío de los oficios a las autoridades de corporaciones policiacas solicitando su apoyo de para la supervisión o suspensión de las medidas o beneficios otorgados a los imputados, procesados o sentenciados respectivamente.

9. Requerir soporte al departamento de sistemas de información y tecnología en relación a la instalación, desinstalación o sustitución, según sea el caso, de los localizadores electrónicos impuestos por la autoridad judicial.

10. Canalizar al sentenciado a la dirección de reinserción social y servicios post penales para que sea asignado a un lugar en donde dará cumplimiento a las jornadas de trabajo a favor de la comunidad que le fueron impuestas.




1. Elaborar el reporte de opinión y remitirlo a las unidades de investigación y defensa para su revisión o modificación de la medida cautelar según sea el caso.

2. Informar los asuntos considerados relevantes que pudieran incidir en el cumplimiento o incumplimiento de la medida cautelar impuesta.

3. Responder a las solicitudes de evaluación de riegos.

4. Registrar la información obtenida durante la entrevista de evaluación en el sistema informático.

5. Efectuar visitas domiciliarias o a lugares de trabajo de los sentenciados, con la finalidad de asegurarse del cumplimiento de las obligaciones que derivan de la medida cautelar impuesta.

6. Remitir información estadística requerida respecto a las actividades desarrolladas.

7. Fijar a una institución pública o privada para el cumplimiento de las jornadas de trabajo a favor de la comunidad que le hayan sido impuestas al sentenciado, lo anterior en coordinación con la dirección de reinserción social y servicios postpenales de la subsecretaria.

8. Elaborar requerimientos de apoyo a las instituciones policiales del estado para la supervisión o suspensión de las medidas o beneficios otorgados a los imputados, procesados o sentenciados respectivamente.

9. Presentarse y participaren las audiencias en las que sea requerido por la autoridad competente.

10. Mantener actualizadas las bases de datos donde se lleva el registro y control de la supervisión de la medida cautelar o beneficio otorgado por la autoridad correspondiente.




1. Asegurar el cumplimiento de las obligaciones de esta dirección, así como de las áreas jurídicas de los Centros de reinserción social en el Estado.

2. Ejecutar las sentencias que imponga el órgano jurisdiccional, así como las resoluciones emitidas por el Juez de Ejecución. Supervisar la implementación de los programas de trabajo de los departamentos que integran la dirección.

3. Regular y aprobar los traslados de sentenciados que se encuentran a disposición de La dirección de ejecución de penas y beneficios preliberacionales.

4. Tramitar las constancias de antecedentes penales, previa demanda del interesado o de las autoridades administrativas y judiciales competentes, que lo requieran.

5. Vigilar la actualización permanente de las bases de datos que contengan la información registrada referente al expediente de ejecución de cada persona privada de la libertad, con apoyo de Coordinación de Sistemas y de Tecnología de la Subsecretaría del Sistema Estatal Penitenciario.

6. Acudir a las audiencias cuando sea requerido por autoridad judicial competente o asignar a alguien que comparezca en su representación.




1. Dirigir y vigilar las áreas jurídicas existentes en los centros de reinserción social.

2. Turnar al departamento competente, los expedientes integrados de las personas privadas de la libertad para la obtención de un beneficio.

3. Planear y dar seguimiento a la elaboración de informes previos en los juicios de amparo requeridos a la dirección de ejecución de penas y medidas judiciales.

4. Coordinar asesorías legales requeridas por las personas privadas de la libertad referente a cualquier trámite, el cual sea de competencia de la dirección de ejecución de penas y beneficios preliberacionales.

5. Acudir a las audiencias cuando sea instruido por su superior jerárquico.

6. Supervisar el seguimiento a las observaciones y recomendaciones emitidas por los organismos defensores de los derechos humanos o por la coordinación de derechos humanos y calidad den el servicio penitenciario, procurando así su cumplimiento.

7. Sugerir mejoras acerca de proyectos de leyes, reglamentos, acuerdos o convenios competentes a la subsecretaria del sistema estatal penitenciario.




1. Revisar los expedientes jurídicos administrativos que serán remitidos al juez de ejecución en turno.

2. Identificar aspirantes para ser acreedores a algún beneficio preliberacional, mediante la programación de brigadas jurídicas dentro de los centros de reinserción social, en las cuales se analiza individualmente los expedientes de las personas privadas de la libertad.

3. Sugerir candidatos para obtención de beneficios preliberacionales al juez de ejecución.

4. Comparecer cuando sea requerido por autoridad judicial competente o por su superior jerárquico.




1. Controlar y supervisar la recepción de indiciados, procesados y sentenciados, por una autoridad competente que deban permanecer recluidos por disposición, realizando las mismas mediante oficio.

2. Autorizar la inmediata libertad de los indiciados, procesados y sentenciados, en los casos donde una autoridad competente así lo ordene, recibiendo y girando un oficio para su liberación.

3. Supervisar el traslado de internos, confirmando que el mismo se realice según las instrucciones giradas, así como respetando la normatividad establecida.

4. Supervisar a la Policía Estatal de Seguridad y Custodia Penitenciaria en sus funciones en su caso aplicar los respectivos correctivos disciplinarios necesarios, aplicando la normatividad aplicable.

5. Autorizar cambios de adscripción o comisiones de los miembros de la Policía Estatal de Seguridad y Custodia Penitenciaria, tomando como referencia las necesidades de cada una de las unidades ejecutoras.

6. Desarrollar las habilidades de la Policía Estatal de Seguridad y Custodia Penitenciaria mediante cursos de capacitación en materia de seguridad pública y formación penitenciaria.

7. Verificar y ar seguimiento a quejas y denuncias realizadas por las personas privadas de la libertad por las acciones emitidas por la autoridad en centro.

8. Validar el cumplimiento de la normatividad y demás disposiciones internas, siguiendo lo dictado por la Dirección General en las unidades administrativas, tomando en cuenta los procedimientos establecidos.

9. Representar al Director de Centros de Reinserción Social por solicitud de este a las diferentes reuniones a que sea convocado, tomando la designación por medio de un escrito recibido.

10. Realizar excarcelaciones y traslados de internos, llevando la logística en la preparación de traslados de un CERESO al otro, siguiendo el protocolo establecido y llenado de formatos.

11. Proponer estrategias de mejora en materia de seguridad y custodia para mantener el orden paz, y seguridad, haciendo uso de la fuerza en caso de ser necesario.

12. Gestionar acciones de coordinación, supervisión, ejecución con la finalidad de mantener en reclusión a los internos girando ordenes al personal a su cargo.




1. Supervisar la planeación, dirección e implementación de los diversos programas de diagnóstico, mediante exámenes y estudios psicológicos.

2. Proponer herramientas que faciliten la implementación de políticas y normas para regular las funciones de los centros, por medio de programas académicos y capacitación de las personas privadas de la libertad.

3. Dar seguimiento a las promociones realizadas en las instituciones públicas y privadas, por medio de los programas establecidos.

4. Supervisar la adecuada clasificación de las personas privadas de la libertad, mediante el análisis de expedientes y seguimiento a la batería exámenes.

5. Validar el apoyo a los patronatos para liberados, dando seguimiento a los reportes generados.

6. Supervisar, dirigir y promover la implementación de programas contra las adicciones, a través de las áreas técnicas de las unidades ejecutoras.

7. Realizar clasificación criminológica de las personas privadas de la libertad, así como dar seguimiento tomando como base la normatividad establecida.

8. Clasificar a las personas privadas de la liberad y dar seguimiento a los estudios técnicos de personalidad, tomando como referencia los estudios realizados.

9. Implementar coordinación interinstitucional para la aplicación y fortalecimiento del modelo estratégico de reinserción social, manteniendo una comunicación activa.

10. Revisar que la clasificación de los internos se realice en las unidades ejecutoras, llevando un tratamiento progresivo y personalizado.

11. Organizar y proponer cursos de reinserción social a los internos, así como dar seguimiento a las diversas actividades, mediante revisiones periódicas y análisis de reportes.

12. Dar seguimiento oportuno a los liberados para verificar sobre su proceso de reinserción, tomando como referencia los lineamientos establecidos.

13. Resolver conflictos presentados por convivencia diaria en centros, tomando a los involucrados y escuchando a cada una de las partes, para posterior resolución.




1. Realizar clasificación de las personas privadas de la libertad para la aplicación del tratamiento correctivo individualizado. Mediante el estudio de la información generada a su llegada.

2. Realizar un análisis técnico-jurídico y proponer a privados para obtención de beneficios preliberacionales.

3. Dar seguimiento a liberados que hayan sido apoyados a través del departamento de atención y seguimiento a liberados para verificar su proceso de reinserción.

4. Generar convenios y acuerdos con instituciones públicas interesadas en fortalecer los programas de reinserción, mediante acuerdos escritos y revisiones periódicas.

5. Participar en comparecencias cuando sea necesario o solicitado por el superior para deslinde de información de un posible beneficio a preliberación.

6. Concentrar un registro fidedigno de las actividades y programas laborales por medio de reportes de actividades diarias y comportamiento en sus labores.

7. Supervisar el cumplimiento de los talleres de capacitación dando seguimiento a la certificación de las personas privadas de la libertad.

8. Proponer normas para el correcto desarrollo de programas de capacitación y de trabajo, realizando las mismas por escrito y presentando al superior directo.

9. Participar en convenios con instituciones públicas y privadas que apoyen los programas de capacitación, revisando las instituciones o empresas que cuentan con un objetivo similar a las metas de la subsecretaría.

10. Fomentar el desarrollo de habilidades productivas, creando fuentes de ingreso a las personas privadas de la libertad, así como beneficios a sus familias, realizando un plan de trabajo.

11. Supervisar el desarrollo de diferentes talleres de capacitación procurando continuidad y certificación, mediante revisiones periódicas con la finalidad de confirmar el avance.

12. Atender necesidades de materiales y materia prima para el buen funcionamiento de los programas, suministrando los mismo mediante órdenes de compra.

13. Dar respuesta a los oficios dirigidos al departamento, en relación a las acciones llevadas en el departamento.

14. Organizar y desarrollar eventos sociales en beneficio de las personas privados de la libertad, con la finalidad de brindar un soporte jurídico, mediante la revisión de expedientes.