Antecedentes


Uno de los antecedentes más remotos en México para eliminar toda forma de discriminación hacia la mujer se dio con la reforma al art. 4 Constitucional de nuestra Carta Magna, misma que se llevo acabo en el año de 1974 plasmando la igualdad jurídica del hombre y la mujer ante la ley protegiendo así la organización y desarrollo de la familia, en efecto y ante la inminente tendencia de homologar derechos universales en el contexto internacional México lo ratifica en 1979 en la Convención sobre eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer en las Naciones Unidas.

Posteriormente mexicanos y mexicanas pugnaban por concretizar aquellas políticas públicas de justicia social y convertirlas en acciones precisas para promover y fomentar condiciones que posibilitaran la inclusión de la mujer en todos los contextos, algunos de los más significativos la no-discriminación, la igualdad de oportunidades la protección y el derecho al mismo trato entre los géneros.

En consecuencia atendiendo el sentir de la población fémina, el Congreso De la Unión de los Estados Unidos Mexicanos el 21 de diciembre del 2000, Decreta la Ley del Instituto Nacional de la Mujeres para que a través de Programas se coordinaran proyectos y acciones en los tres ordenes de gobierno con el objetivo fundamental de que la mujeres vivan en un Estado con ejercicio pleno de sus derechos humanos y civiles con inclusión de su participación en forma equitativa en la vida política, cultural, económica y social del país bajo los criterios de transversalidad.

Las mujeres en el Estado de Baja California en las décadas de 1970 y 1980 dieron las primeras manifestaciones al demandar servicios públicos, viviendas y derechos laborales, siguiendo la tendencia nacional en los noventa, estos pequeños grupos se convirtieron en ONG, y con ello se especializaron en defensa de los derechos de las mujeres. En este contexto ante tales inquietudes de las representantes de las mujeres la comisión de equidad y género de la XVI Legislatura del Congreso del Estado de Baja California propone la Ley que crea a el Instituto de la Mujer para el estado de Baja California, pero no es hasta la XVII Legislatura del Congreso quien la aprueba el 19 de Junio de 2001, en efecto se crea el Instituto de la Mujer para el estado de Baja California, como organismo descentralizado de la Administración Pública del Estado con personalidad jurídica y patrimonio propio, dotado de atribuciones, objetivos y con el propósito fundamental de dar cumplimiento a los fines que le antecedieron a su creación.

BASE LEGAL

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
    D.O. 05 /Feb./1917

  • Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California
    P.O. 16/Agost./1953

  • Ley de Planeación del Estado de Baja California
    P.O. 30/Jun./1983

  • Ley Orgánica del de la Administración Pública del Estado de Baja California
    P.O. 20/Ene./1986

  • Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público del Estado de Baja California
    P.O. 20/Oct./1992

  • Ley para el Control y Vigilancia de los Organismos Descentralizados, Empresas de Participación Estatal y Fideicomisos
    P.O. 31/Jul./1978

  • Ley de Fiscalización de las Cuentas Públicas para el Estado de Baja California
    P.O. 20/Oct./1992

  • Ley que crea el Instituto de la Mujer para el estado de Baja California
    P.O.22/Jun./2001